Resolución N° 2945/GCABA/DGR/06

FirmantesAyub
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorDirección General de Rentas
Fecha de la disposición18 de Agosto de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN N° 2945/ GCABA/ DGR/ 06

SE DETERMINA SOBRE BASE PRESUNTA LA MATERIA IMPONIBLE E IMPUESTO RESULTANTE DE LA CONTRIBUYENTE EXPERIENCE SERVICE SA

Buenos Aires, 18/08/2006

Visto las presentes actuaciones relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de Experience Service S.A. (en formación), con domicilio fiscal en Av. Corrientes 1642 piso 12, depto. 198, con domicilio en la calle Montevideo 418, piso 11 (fs. 77), ambos de esta ciudad, y domicilio en la calle Brandsen 2409, localidad de Sarandí, Pcia. de Buenos Aires (domicilio del Sr. Miguel Ángel Salvatierra presidente de la firma) (fs. 49), inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el N° 901-054860-8 (CUIT 30-70777561-7), cuya actividad sujeta a tributo consiste en depósito y almacenamiento, de las que resulta:

Que, verificada la situación fiscal de la contribuyente, frente a sus obligaciones por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, la inspección interviniente constató la existencia de ajustes a favor de este fisco, por los períodos fiscales 2001 (10 a 12 ant. mens.), 2002 (1° a 12 ant. mens.), 2003 (1° a 12 ant. mens.), 2004 (1° a 9° y 11 ant. mens.).

Que las diferencias de verificación fueron establecidas en autos por la inspección interviniente, teniendo en cuenta la siguiente documentación: Débitos Fiscales de I.V.A. períodos 10/01 a 3/05.

Que para la totalidad de los períodos fiscales motivo de ajuste, la actuante, al no contar con DD.JJ. CM 05, ni documentación con distribución de los ingresos y gastos entre las jurisdicciones involucradas, que permita la determinación del coeficiente unificado de convenio multilateral, atribuyó el 99% de los ingresos a esta jurisdicción -Ciudad de Buenos Aires.

Que, atento los procedimientos utilizados por la inspección interviniente reseñados precedentemente, la presente se realizó sobre base presunta y con carácter parcial. para la totalidad de los períodos fiscales motivo de ajuste.

Que por tal motivo, se confeccionaron las correspondientes planillas de diferencias de verificación, conteniendo las liquidaciones respectivas, por los períodos observados, que son los antes detallados.

Que, habiéndose dado traslado a la contribuyente del instrumento indicado en el párrafo anterior e intimado el pago del impuesto resultante, la contribuyente no prestó su conformidad ni abonó el ajuste de que se trata.

Que por estas razones, se inició en autos el procedimiento de determinación de oficio e instrucción de sumario por presunta infracción a los deberes fiscales de orden material, mediante Resolución N° 882-DGR/06, de fecha 6/2/06 (fs. 143/144 de la Carpeta N° 67.784-DGR/04), extendiéndose la responsabilidad en forma solidaria respecto del cumplimiento de las obligaciones fiscales al presidente de la firma Sr. Miguel Ángel Salvatierra (fs. 49), y/o quien en la actualidad resulte responsable.

Que corrido formal traslado de ley, de conformidad con las cédulas de notificación (fs. 158 a 160 de la carpeta indicada en el párrafo precedente), y con la publicación de edictos desde fecha 15 de mayo de 2006 hasta el 17 de mayo de 2006 (fs. 16 a 19 de...

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