Resolución N° 1168/GCABA/MDHYSGC/06

FirmantesCerruti
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorMinisterio de Derechos Humanos y Sociales
Fecha de la disposición20 de Septiembre de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES

RESOLUCIÓN N° 1168/ GCABA/ MDHYSGC/ 06

IMPLEMENTA PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS SUBSIDIOS A LOS CENTROS DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA CIUDAD EN EL MARCO DEL PROGRAMA ATENCIÓN, ORIENTACIÓN Y ASISTENCIA A LOS ADULTOS MAYORES Y CENTROS DE JUBILADOS

Buenos Aires, 20/09/2006

Visto la Ley N° 1.857, el Decreto N° 1.370/06 y el Expediente N° 30.818/06, y

CONSIDERANDO:

Que a través del citado decreto se facultó al titular del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, o al funcionario que éste designe, a entregar de subsidios a los Centros de Jubilados y Pensionados en el marco del Programa Atención, Orientación y Asistencia a los Adultos Mayores y Centros de Jubilados;

Que el artículo 3° del referido decreto faculta al titular del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales a dictar las normas reglamentarias y complementarias que fueran necesarias para implementar el procedimiento conducente a la asignación del mencionado subsidio;

Que es necesario establecer los requisitos que deberán cumplimentar los Centros de Jubilados y Pensionados para acceder al beneficio, la modalidad a través de la cual deberán presentar la rendición de cuentas documentada de los fondos recibidos, así como las estimaciones necesarias que permitan fijar el monto del subsidio a otorgar a cada centro;

Que la Dirección General de Tercera Edad, dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social, debe convocar y seleccionar a las instituciones beneficiarias; y asignar el subsidio conforme es materia del área de su competencia, dentro de las estrictas pautas contempladas en la norma que establece el beneficio;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

LA MINISTRA DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES

RESUELVE:

Artículo 1°

Impleméntese el procedimiento para el otorgamiento de los subsidios a los Centros de Jubilados y Pensionados de la Ciudad de Buenos Aires incluidos en el Programa Atención, Orientación y Asistencia a los Adultos Mayores y Centros de Jubilados, conforme lo establecido por la Ley N° 1.857 y el Decreto N° 1.370/06, según lo detallado en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integral de la presente resolución.

Artículo 2°

Autorízase al titular de la Dirección General de Tercera Edad a otorgar los subsidios a los Centros de Jubilados y Pensionados, que resultaren...

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