Resolución N° 649/PJCABA/CMCABA/06

FirmantesCavaliere-De Stefano
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición 5 de Septiembre de 2006

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

RESOLUCIÓN N° 649/ PJCABA/ CMCABA/ 06

CONVOCA A ELECCIONES PARA INTEGRAR EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y EL JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE LA CIUDAD - PERIODO DESDE DICIEMBRE DE 2006

Buenos Aires, 05/09/2006

Visto, y

CONSIDERANDO:

Que atento lo establecido en los artículos 115 y 121 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y Leyes Nros. 31 y 54, y lo dispuesto por el Reglamento General Electoral del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde convocar a elecciones de representantes de los/las abogados/as que integrarán el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento en el próximo período que comenzará a regir el 18 de diciembre de 2006;

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 31 y la Ley N° 1.086,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°

Convocar a elecciones de tres (3) representantes titulares y tres (3) suplentes de los abogados/as para integrar el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un período de cuatro (4) años a contar desde el 18 de diciembre de 2006.

Artículo 2°

Convocar a elecciones de ocho (8) representantes titulares de los abogados/as para integrar el Jurado de Enjuiciamiento de la Ciudad de Buenos Aires, por un período de cuatro (4) años a contar desde el 18 de diciembre de 2006.

Artículo 3°

Los comicios se celebrarán el día 14 de noviembre de 2006, en la sede del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, Av. Corrientes 1441 de la Ciudad de Buenos Aires, entre las 8 y las 18 horas.

Artículo 4°

El padrón de electores está conformado por todos/as aquellos/as abogados/as matriculados/as en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal que cumplan los requisitos previstos en el artículo 13, inciso b) de la Ley N° 31 -conforme texto aprobado por Ley N° 1.007- y posean domicilio electoral registrado ante la Justicia Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 5°

La organización, oficialización y fiscalización de ambos comicios estará a cargo de la Junta Electoral del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal -conforme artículo 9° del Reglamento Electoral del C.P.A.C.F. y...

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