Resolución N° 290/GCABA/MGGC/06
Firmantes | Gorgal |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Ministerio de Gobierno |
Fecha de la disposición | 7 de Junio de 2006 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN N° 290/ GCABA/ MGGC/ 06
DECLARA FRACASADA LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 1.271-05 - REPARACIÓN Y REMODELACIÓN DE EDIFICIO TORRE DEL INMUEBLE SITO EN LA AV. REGIMIENTO DE PATRICIOS 1142 - OBRAS EDIFICIO ALPARGATAS
Buenos Aires, 07/06/2006
Visto el presente Expediente N° 45.909/05, la Ley de Obra Pública N° 13.064 y el Decreto N° 2.186/04,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 1.107-SSEGU/05 se ha aprobado el llamado a Licitación Pública N° 1.271/05, con el objeto de contratar los trabajos de reparación y remodelación de edificio torre del inmueble sito en la avenida Regimiento de Patricios 1142 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado, estableciéndose como presupuesto oficial la suma de pesos dos millones setecientos veintitrés mil novecientos ochenta y nueve con treinta y tres centavos ($ 2.723.989,33), fijándose como fecha de apertura de ofertas el día 13 de enero de 2006 a las 15 horas;
Que mediante Resolución N° 1.247-SSEGU/05 se posterga la fecha de apertura de ofertas para el día 1° de febrero de 2006, a las 15 horas;
Que realizada la apertura de ofertas de la Licitación Pública N° 1.271/05 en la fecha indicada en el párrafo que antecede, se constata la presentación de tres (3) ofertas correspondientes a las siguientes empresas: Filip S. A., Cunumi S. A. y Lihue Ingeniería S.A.;
Que con posterioridad el informe técnico emanado de la Unidad de Proyectos Especiales Obras Edificio Alpargatas, aconseja declarar fracasada la presente licitación por inconveniencia de las ofertas de las empresas Filip S.A., Cunumi S.A. y Lihue Ingeniería S.A., atento que sus cotizaciones superan en un 53,69%, 39,50% y 48,94% respectivamente el presupuesto oficial, resultando sumamente excesivas y por lo tanto inconvenientes a los intereses de la Administración;
Que conforme se desprende del apartado 1.4.2 Adjudicación del pliego de condiciones generales, el Gobierno determinará a su solo juicio cuál es la oferta más conveniente, tomando en cuenta el monto de las ofertas y considerando especialmente para adjudicar la obra la equidad de cada uno de los precios unitarios del presupuesto...
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