Resolución N° 388/GCABA/SSEGU/06

FirmantesGorgal
Jefe de GobiernoJorge Telerman
Emisor(Ex) Secretaría de Seguridad
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE SEGURIDAD

RESOLUCIÓN N° 388/ GCABA/ SSEGU/ 06

DESESTIMACIÓN DE RECURSOS - ALDADEN S.R.L.: SE DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LA DISPOSICIÓN N° 616-DGHYP-05

Buenos Aires, 22/03/2006

Visto el Expediente N° 89.698/05, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Alberto Daniel Guitar, invocando el carácter de socio de la firma Aldaden S.R.L., solicita permiso para ubicar mesas y sillas en la calle frente al local con destino restaurante, sito en Av. Ramos Mejía 1518, local 17 y 17 bis;

Que obra cédula de citación, notificada el 5 de enero de 2005, en la que se le hace saber el señor Guitar que deberá presentarse dentro de los cinco días de recibida la misma ...en la Dirección General de Habilitaciones y Permisos... a los efectos de certificar copias del contrato de sociedad...acompañar constancia de inscripción ante la AFIP (CUIT - Monotributo) y copia del inicio de trámite de habilitación del local toda vez que el presentado refiere a la solicitud de consulta al Código de Planeamiento Urbano...;

Que se deja constancia que ante su incomparecencia se procederá de acuerdo a lo indicado en el art. 22, inc. e) punto 9) Caducidad de los Procedimientos de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/97);

Que con fecha 7 de enero de 2005, obra una presentación realizada por el apoderado de Aldaben S.R.L., en la que da cuenta que no pueden cumplir con la totalidad de lo requerido en función de que aún no cuentan con la respuesta respecto de la consulta al Código de Planeamiento Urbano;

Que luce la Disposición N° 616-DGHyP/05, de fecha 4 de marzo de 2005, mediante la cual no se hace lugar al pedido de permiso para la ubicación de mesas y sillas gestionado. Dicho acto administrativo fue notificado en fecha 22 de marzo de 2005;

Que con fecha 29 de marzo de 2005, el señor Alberto Daniel Guitar en carácter de socio de Aldaden S.R.L., interpone recurso de reconsideración contra la disposición antes citada;

Que mediante la Disposición N° 3.136-DGHyP/05, se rechaza el recurso de reconsideración incoado oportunamente. Dicho acto administrativo fue notificado el día 6 de septiembre de 2005, según luce en la cédula de notificación que obra en estos actuados;

Que desde el punto de vista formal la presentación efectuada fue tratada como recurso de reconsideración, habiendo sido interpuesta dentro del plazo establecido por el art. 103...

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