Resolución N° 1146/GCABA/SSEGU/05

FirmantesGorgal-Peña
Jefe de GobiernoJorge Telerman (a Cargo)
Emisor(Ex) Secretaría de Seguridad
Fecha de la disposición13 de Diciembre de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE SEGURIDAD

RESOLUCIÓN N° 1146/ GCABA/ SSEGU/ 05

SE APRUEBA LA REGULARIZACIÓN DE LAS OBRAS EN CONTRAVENCIÓN EJECUTADAS SIN PERMISO EN EL INMUEBLE DE LA CALLE LISANDRO DE LA TORRE 1551 -53 - 55

Buenos Aires, 13/12/2005

Visto los Expedientes Nros. 67.085/02 y 50.044/02 (incorporado), por el cual se solicita la regularización de obras reglamentarias y no reglamentarias ejecutadas sin permiso, y

CONSIDERANDO:

Que dicha actuación se relaciona con las obras en contravención destinadas a Elaboración de productos de panadería con venta directa al público, sita en la calle Lisandro de la Torre 1551/53/55, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 74, Manzana 76, Parcela 7;

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso en la finca de referencia;

Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la documentación obrante a fojas 27, 29 a 33 y 35 del Expediente N° 67.085/02, por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se desprende una ampliación de superficie de 99,01 m² reglamentarios (planta baja: superficie parcial del paso y la cámara; planta alta: depósito, archivos, office, baño y escalera), como asimismo de modificaciones reglamentarias bajo parte cubierta (planta baja: depósito de enseres, paso, cámaras, expedición y elaboración) y de 27,78 m² no reglamentarios, (planta baja: antecámara del baño, escalera y superficie parcial de la cuadra de elaboración; planta alta: duchas) con destino Elaboración de productos de panaderia con venta directa al público, obrando plano registrado anterior a fojas 9 del Expediente N° 67.085/02;

Que las obras cuestionadas contravienen los artículos 2.1.1.1.Trabajos que requieren permiso de obra del Código de la Edificación y 5.4.1.4 Distrito R2b, a) R2bI - Disposiciones particulares: e) FOS del Código de Planeamiento Urbano;

Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con fecha 18 de agosto de 2005 (fs. 42 del Expediente N° 67.085/02), las obras ejecutadas sin permiso no afectan de manera significativa las condiciones mínimas de habitabilidad, iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los locales y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs. 34 del Expediente N° 67.085/02), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas...

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