Resolución N° 1146/GCABA/SSEGU/05
Firmantes | Gorgal-Peña |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman (a Cargo) |
Emisor | (Ex) Secretaría de Seguridad |
Fecha de la disposición | 13 de Diciembre de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE SEGURIDAD
RESOLUCIÓN N° 1146/ GCABA/ SSEGU/ 05
SE APRUEBA LA REGULARIZACIÓN DE LAS OBRAS EN CONTRAVENCIÓN EJECUTADAS SIN PERMISO EN EL INMUEBLE DE LA CALLE LISANDRO DE LA TORRE 1551 -53 - 55
Buenos Aires, 13/12/2005
Visto los Expedientes Nros. 67.085/02 y 50.044/02 (incorporado), por el cual se solicita la regularización de obras reglamentarias y no reglamentarias ejecutadas sin permiso, y
CONSIDERANDO:
Que dicha actuación se relaciona con las obras en contravención destinadas a Elaboración de productos de panadería con venta directa al público, sita en la calle Lisandro de la Torre 1551/53/55, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 74, Manzana 76, Parcela 7;
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso en la finca de referencia;
Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la documentación obrante a fojas 27, 29 a 33 y 35 del Expediente N° 67.085/02, por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se desprende una ampliación de superficie de 99,01 m² reglamentarios (planta baja: superficie parcial del paso y la cámara; planta alta: depósito, archivos, office, baño y escalera), como asimismo de modificaciones reglamentarias bajo parte cubierta (planta baja: depósito de enseres, paso, cámaras, expedición y elaboración) y de 27,78 m² no reglamentarios, (planta baja: antecámara del baño, escalera y superficie parcial de la cuadra de elaboración; planta alta: duchas) con destino Elaboración de productos de panaderia con venta directa al público, obrando plano registrado anterior a fojas 9 del Expediente N° 67.085/02;
Que las obras cuestionadas contravienen los artículos 2.1.1.1.Trabajos que requieren permiso de obra del Código de la Edificación y 5.4.1.4 Distrito R2b, a) R2bI - Disposiciones particulares: e) FOS del Código de Planeamiento Urbano;
Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con fecha 18 de agosto de 2005 (fs. 42 del Expediente N° 67.085/02), las obras ejecutadas sin permiso no afectan de manera significativa las condiciones mínimas de habitabilidad, iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los locales y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs. 34 del Expediente N° 67.085/02), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas...
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