Resolución N° 302/GCABA/SSDH/05

FirmantesAlegre
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorSubsecretaría de Derechos Humanos
Fecha de la disposición 6 de Diciembre de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

RESOLUCIÓN N° 302/ GCABA/ SSDH/ 05

OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - DANIELA PACHECO - VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - LOCAL BAILABLE - REPÚBLICA DE CROMAGNON - CROMAÑÓN - DECRETO 692-05

Buenos Aires, 06/12/2005

Visto el Decreto N° 692/05, las Resoluciones Nros. 53-SSDH/05, 54-SSDH/05 y el Registro N° 3.748-SSDH/05 de la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete; y

CONSIDERANDO:

Que en el registro señalado en el visto tramita la solicitud presentada por la Srta. Pacheco, Daniela Paula, DNI 31.780.716, quien requiere el subsidio único y especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, previsto en el artículo 1° del Decreto N° 692/05;

Que de la documentación obrante en esta Subsecretaría y en los registros de la Secretaría de Desarrollo Social, surge que la solicitante se encuentra en la situación descripta en el art. 5° del decreto antes mencionado;

Que el presente requerimiento fue efectuado con posterioridad al plazo dispuesto por el Decreto N° 692/05;

Que, por lo expuesto, teniendo en cuenta el espíritu de la norma, las particularidades del caso en cuestión y resultando atendibles las circunstancias alegadas por la requirente, esta Subsecretaría resuelve otorgar excepcionalmente a la solicitante, el subsidio establecido en el art. 5° del decreto aplicable;

Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto N° 692/05;

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1°

Otórgase a la Srta. Pacheco, Daniela Paula, DNI 31.780.716, el subsidio previsto en el artículo 5° del Decreto N° 692/05, de siete (7) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el 1° de junio al 31 de diciembre de 2005, por la suma de pesos seiscientos ($ 600).

Artículo 2°

Autorízase a la Dirección General Contaduría a emitir las órdenes de pago mensuales por el monto de pesos seiscientos ($ 600), con sus correspondientes comisiones bancarias mensuales de pesos uno con veintiuno ($ 1,21).

Artículo 3°

El pago se realizará...

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