Resolución N° 3376

EmisorDirección Provincial de Vivienda y Urbanismo
Fecha de la disposición 9 de Diciembre de 2015

DIRECCION PROVINCIAL DE

VIVIENDA Y URBANISMO

Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,

09 DIC 2015

VISTO:

El Expediente Nº 15201-0097614-4 y su agregado Nº 15201-0103744-8 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que en los actuados de referencia se tramita la irregularidad ocupacional y de pago de la Unidad Habitacional individualizada como: VIVIENDA Nº 6 – (Sarmiento 885) – (2D) – Nº de cuenta 0611 0006-2 - PLAN 0611 – 8 VIVIENDAS – SAN CARLOS SUR – (Dpto. Las Colonias), que fuera oportunamente adjudicada en compra-venta a los señores SUAREZ, DIEGO OSBEL – GÓMEZ, MÓNICA LILIANA, por Resolución Nº 1988/96, conforme Boleto de Compra-Venta obrante a fs. 04;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 093954 (fs. 53/55), manifiesta que los presentes se inician en el año 2003 a raíz de la renuncia a los derechos y acciones sobre la vivienda presentada por el señor Suárez luego de haberse divorciado de su cónyuge y co-adjudicataria, señora Gómez (fs. 1/3). Como la cuenta detentaba una gran morosidad, en fecha 03/02/05 la señora Gómez realiza una presentación comunicando haber cedido los derechos y acciones que le corresponden sobre la vivienda en cuestión al señor Peralta, Alberto (fs. 17). A su vez, el señor Peralta manifiesta su conformidad con dicha gestión informando que convive con su esposa e hijos y desea cancelar la deuda de cuotas correspondiente (fs. 18). A tal fin acompaña documental respaldatoria (fs. 27/35). A fs. 43 obra informe del Área Comercial informando que no es posible dar trámite a la solicitud de transferencia iniciada dado que la cuenta posee una amplia deuda y a fs. 47/48 el Área Social informa que la vivienda se encuentra ocupada por la señora Adrover, Maura y sus dos hijos y que la cuenta posee gran morosidad tal como se verifica en el estado de cuenta glosado a fs. 49/52;

Que de acuerdo a lo expuesto y a las constancias de autos, esta Asesoría Jurídica recomienda obviar la intimación previa y dictar resolución que disponga la desadjudicación de los señores Suárez...

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