Resolución N° 785/GCABA/SSEGU/05
Firmantes | Gorgal-Peña |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Seguridad |
Fecha de la disposición | 8 de Septiembre de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE SEGURIDAD
RESOLUCIÓN N° 785/ GCABA/ SSEGU/ 05
INMUEBLE MONTAÑESES 2650/56: SE APRUEBA LA REGULARIZACIÓN DE LAS OBRAS EN CONTRAVENCIÓN EJECUTADAS SIN PERMISO
Buenos Aires, 08/09/2005
Visto el Expediente N° 55.577/99 por el cual se solicita el registro
de documentación conforme a obra con obras ejecutadas sin permiso reglamentarias y no reglamentarias, y
CONSIDERANDO:
Que dicha actuación se relaciona con obras en contravención en una Vivienda Unifamiliar sita en la calle Montañeses 2650/56, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 16, Sección 27, Manzana 80, Parcela 35;
Que se presentó documentación conforme a obra con obras ejecutadas sin permiso para su registro, en la finca de referencia;
Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la documentación obrante a fojas 58 a 71 del Expediente N° 55.577/99, por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se desprende una ampliación de superficie de 11,60 m2 reglamentarios (planta baja: superficie parcial de parrilla y crecimiento de las superficies de los locales estar, comedor diario, cocina-lavadero; planta alta: crecimiento de la superficie de los locales dormitorios y baño; como así también modificaciones bajo parte cubierta correspondientes a: planta alta: acceso a estudio y play-room) y de 7,78 m² no reglamentarios (planta baja: superficie parcial de la parrilla y superficie parcial del depósito; como así también modificaciones bajo parte cubierta correspondientes a: planta baja: lavadero, habitación de servicio, depósito y baño en quincho) en una Vivienda Unifamiliar, obrando plano registrado anterior a fojas 100, haciéndose notar que las modificaciones bajo parte cubierta no constituyen aumento de superficie;
Que las obras cuestionadas contravienen los artículos 2.1.1.1. Trabajos que requieren permiso de obra del Código de la Edificación y 5.4.3.3. Distrito E3 - Equipamiento local - Disposiciones particulares - c) FOS del Código de Planeamiento Urbano;
Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con fecha 3/8/04, (fs. 93/94), las obras ejecutadas sin permiso no afectan de manera significativa las condiciones mínimas de habitabilidad, iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los locales y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs. 86 y 87), las mismas no comprometen la...
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