Resolución N° 24/GCABA/INSJ/05

FirmantesGimeno-Torello-Gómez
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorInstituto de Juegos de Apuestas de la Ciudad
Fecha de la disposición23 de Agosto de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

INSTITUTO DE JUEGOS DE APUESTAS DE LA CIUDAD

RESOLUCIÓN N° 24/ GCABA/ INSJ/ 05

APRUEBA EL REGLAMENTO DEL LOTO EN SUS DISTINTAS DENOMINACIONES - FAMILIAR - DE SALÓN - BINGO Y FUNCIONAMIENTO DE SALAS - TRADICIONAL - ELECTRÓNICO INTERCONECTADO - ELECTRÓNICO GRUPAL EN RED

Buenos Aires, 23/08/2005

Visto las Leyes Nros. 538 y 916, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 50 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que: La Ciudad regula, administra y explota los juegos de azar, destreza y apuestas mutuas, no siendo admitida la privatización o concesión salvo en lo que se refiera a agencias de distribución y expendio. Su producido es destinado a asistencia y al desarrollo social;

Que el Instituto de Juegos de Apuestas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue creado por Ley N° 916 como ente descentralizado que tiene a su cargo la organización, administración, reglamentación, explotación, recaudación y control de los juegos de apuestas y de azar y como autoridad de aplicación de la Ley N° 538 de juegos de apuestas;

Que la Ley N° 538 en su artículo 2, relativo a la competencia establece que: La regulación, autorización, organización, explotación, recaudación, administración y control de los juegos de apuesta, y actividades conexas, es competencia exclusiva de la Ciudad;

Que la norma citada en el párrafo anterior, en su artículo 17, relativo a las funciones de la autoridad de aplicación establece que la misma: Organiza, administra, reglamenta, explota, recauda y controla en forma directa los juegos de apuesta contemplados en la presente ley. Regla todo lo atinente a la distribución y expendio de los juegos de apuesta;

Que debe tenerse presente que el 22 de septiembre próximo vencen los contratos de explotación de las salas de bingo que operan en el ejido de esta ciudad autónoma;

Que es intención de este instituto proceder a la contratación de una operatoria para realizar la explotación del juego citado;

Que es intención del Instituto de Juegos de Apuestas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires proceder a la contratación de una operatoria para realizar la explotación del juego denominado Loto Familiar, Loto de Salón, Loto Bingo o Bingo;

Que a partir de 1994, la ciudad ha adquirido un régimen de gobierno autónomo, por lo que goza en plena forma de las atribuciones dadas por su constitución, arriba citadas, en materia de juegos;

Que en razón de ello es necesario establecer...

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