Resolución N° 980/GCABA/SSTT/05

FirmantesVerdaguer
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorSubsecretaría de Tránsito y Transporte
Fecha de la disposición12 de Agosto de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESOLUCIÓN N° 980/ GCABA/ SSTT/ 05

PERMITE EL ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS EN DISTINTAS ARTERIAS - ZONA - AV. NAZCA - AV. GAONA - CALLE SEGUROLA -VÍAS DEL EX FERROCARRIL SARMIENTO

Buenos Aires, 12/08/2005

Visto el Expediente N° 45.902/05, y

CONSIDERANDO:

Que por el mismo se hace mención a la elevada demanda de estacionamiento en la zona delimitada por la Av. Nazca, la Av. Gaona, la calle Segurola y las vías del ex Ferrocarril Sarmiento;

Que a los fines de su compensación, se estima necesario incrementar la oferta de estacionamiento en la vía pública;

Que la trama vial en el área corresponde a calles de la red vial terciaria de más de ocho (8) metros de ancho, con circulación local, lo que permite una adecuada fluidez circulatoria, aún con vehículos estacionados junto a ambas aceras;

Que el criterio a aplicar excluye los tramos de arterias, con excepción de la Av. Avellaneda, sobre los que circula autotransporte público de pasajeros, así como aquellas arterias que atraviesan un cruce ferroviario;

Que en razón de lo expuesto, resulta necesario permitir el estacionamiento junto a la acera izquierda en aquellas arterias del sector que por su ancho y jerarquía puedan albergar el estacionamiento junto a ambas aceras sin afectar la circulación de particulares y del transporte público;

Que el artículo 13 de la Ley N° 634 (B.O.C.B.A. N° 1293), faculta al Poder Ejecutivo a permitir ese tipo de estacionamiento, y a su vez el Decreto N° 714-GCABA/03 (B.O.C.B.A. N° 1711), reglamentario de la misma, delegó esa función en esta Subsecretaría, en el caso de calles de la red vial terciaria de más de ocho (8) metros de ancho;

Por ello, de conformidad con lo aconsejado por la Dirección General de Tránsito y Transporte y en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 13 de la Ley N° 634 y el artículo 13 del Anexo I de su Decreto Reglamentario N° 714-GCABA/03,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1°

Permitir el estacionamiento general de vehículos durante las 24 horas, junto a la acera izquierda según el sentido de circulación, en los siguientes tramos de arterias:

Av. Avellaneda: entre Av. Nazca y Mercedes.

Bacacay: entre Av. Nazca y Av. Segurola.

Bogotá: entre Gualeguaychú y Av. Nazca.

Felipe Vallese: entre Av. Nazca y Gualeguaychú.

Páez: entre Av. Nazca y Concordia.

Argerich: entre...

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