Resolución N° 592/GCABA/SSEGU/05
Firmantes | Gorgal |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Seguridad |
Fecha de la disposición | 18 de Julio de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE SEGURIDAD
RESOLUCIÓN N° 592/ GCABA/ SSEGU/ 05
DESESTIMACIÓN DE RECURSOS - ARY RAIMUNDO BARALIA - SAMUEL BARALIA - ENRIQUETA RUTH BARALIA - SE DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LA DISPOSICIÓN 2.200-DGFOC-04 - CLAUSURA DE OBRAS - OBRAS - PREDIO - CALLE CONCORDIA 58
Buenos Aires, 18/07/2005
Vistos los Expedientes Nros. 23.013/04 y 30.892/04, relacionados con las obras realizadas en el predio ubicado en la calle Concordia 58, y
CONSIDERANDO:
Que, por inspección realizada con fecha 10 de mayo de 2004 por personal de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se pudo constatar que la obra sita en la finca ubicada en la calle Concordia 58 no poseía cartel de obra (presunta obra sin permiso), por lo cual se intimó a la paralización de los trabajos, ello bajo apercibimiento de clausurar los mismos de ser necesario con el auxilio de la fuerza pública;
Que, el 18 de mayo de 2004 se dictó la Disposición N° 1.335-DGFOC/04, mediante la cual se dispuso proceder a la clausura de la obra sin permiso que se ejecutaba en el predio mencionado, la que se llevó a cabo según resulta del acta del día 28 de mayo de 2004, donde se dejó constancia entre otras circunstancias que el techado parabólico ocupa todo el terreno;
Que, resulta menester señalar que con fecha 14 de junio de 2004 se procedió a reponer faja de clausura en la obra ya que habían sido violadas las primitivas;
Que, con fecha 24 de mayo de 2004 se presentaron los señores Ary Raimundo Baralia, Samuel Baralia y la señora Enriqueta Ruth Baralia, solicitando prórroga para presentar el plano de obras ejecutadas sin permiso;
Que, mediante Disposición N° 2.200-DGFOC/04 de fecha 3 de agosto de 2004 no se accedió a la prórroga solicitada, en atención a que las obras realizadas contravienen el Código de Planeamiento Urbano al invadir el centro libre de manzana, se intimó a la demolición de las construcciones realizadas, disposición que fue debidamente notificada con fecha 6 de agosto de 2004;
Que, los interesados antes mencionados interpusieron recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra la disposición precedentemente citada, el 20 de agosto de 2004;
Que, por Disposición N° 3.462-DGFOC/04 se rechazó el recurso de reconsideración incoado y se intimó a que se proceda a demoler las construcciones realizadas sin permiso;
Que, dicha disposición fue debidamente notificada el 4 de noviembre...
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