RESOLUCION Nº 3336
Fecha | 26 Enero 2019 |
Número de registro | 29239 |
Emisor | DIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO |
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 15 AGO 2019
VISTO:
El Expte. Nº 15201-0097582-4 del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que han sido detectadas situaciones de irregularidad consistentes en falta de pago y ocupación del bien, respecto de la Unidad Habitacional identificada como: MB. 10 – DPTO. 146 – (2D) - Nº DE CUENTA 0218-0146-0 - PLAN Nº 218 - 372 VIVIENDAS – BARRIO ACERÍA – SANTA FE - (DPTO. LA CAPITAL), cuya titular es la señora CORIA, ISABEL, según Boleto de Compraventa de fs. 06;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos interviene mediante Dictamen Nº 97478 (fs. 11) y manifiesta que se da trámite al presente expediente en virtud del relevamiento general que la Dirección Provincial ordenara para el Monobloque N° 10 del Plan N° 218 y que se informara en Expediente N° 15201-0175002-2;
Que sin perjuicio de dejar sentado que el mismo continuará para la desadjudicación de los otros casos, se agregó aquí a fs. 09, copia de las resultas en lo que respecta a este departamento y a fs. 10, el estado de la cuenta;
Que a fs. 09 consta que ocupa el inmueble el grupo DIAZ-BRAVO, quienes manifestaron haber comprado el departamento, grupo distinto al que dio inicio al expediente en el año 2003 solicitando la adjudicación (señora Pintos);
Que así las cosas, el servicio legal expresa que se ha configurado el abandono del bien por parte de su titular, por lo que se aconseja obviar la intimación previa y dictar la resolución que la desadjudique por aplicación de los Artículos 29 y 37 incs. d) y e) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, rescinda el boleto y disponga el lanzamiento por el procedimiento del Artículo 27 de la Ley N° 21.581 a la que adhiere la Provincia por Ley N° 11.102. Se notificará al domicilio contractual y por edictos;
Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo.
de la Ley 6690;
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE
VIVIENDA Y URBANISMO
Resuelve:
ARTICULO 1º: Desadjudicar la Unidad Habitacional identificada como: MB. 10 – DPTO. 146 – (2D) - Nº DE CUENTA 0218-0146-0 - PLAN Nº 218 - 372 VIVIENDAS – BARRIO ACERÍA – SANTA FE - (DPTO. LA CAPITAL), a la señora CORIA, ISABEL (D.N.I. N° 17.008.289), por aplicación de los Artículos 29 y 37 incs. d) y e) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso y cláusulas concordantes del Boleto de Compraventa oportunamente suscripto, el que se da por rescindido y por modificada en tal sentido la Resolución N° 2324/00.-
ARTICULO 2º: En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el Área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del profesional que este designe y por aplicación del Artículo 27...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba