Resolución N° 1660/2011

Fecha de disposición08 Noviembre 2011
Fecha de publicación18 Noviembre 2011
SecciónResoluciones

Bs. As., 8/11/2011

VISTO el Expediente N° 299/04 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto guardan relación con las diversas medidas adoptadas en el marco del trabajo conjunto desplegado con la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES tendiente a optimizar el PLAN TECNICO BASICO NACIONAL DE FRECUENCIAS PARA EL SERVICIO DE RADIODIFUSION SONORA POR MODULACION DE FRECUENCIA, en particular, respecto de la provincia de MISIONES.

Que por Resolución N° 1366-COMFER/06, dictada en el marco del REGIMEN DE NORMALIZACION DE ESTACIONES DE FRECUENCIA MODULADA, se convocó a las personas físicas y jurídicas titulares o cesionarias de permisos precarios y provisorios y emisoras reconocidas, a los efectos de la regularización de sus respectivos servicios, a solicitar la adjudicación directa de licencias (Anexo I) y a las personas físicas y jurídicas en general, a formular peticiones en el mismo sentido, en todas las localidades del país, con excepción de las excluidas por su Anexo III.

Que las ciudades de POSADAS y PUERTO IGUAZU, ambas de la provincia de MISIONES y sus respectivas zonas de influencia (que comprenden todas las localidades emplazadas en un radio de QUINCE (15) kilómetros desde las coordenadas geográficas genéricas de la ciudad) fueron excluidas de la citada convocatoria por verificar escasez de frecuencias, vinculada con cuestiones de coordinación internacional.

Que merced a los estudios técnicos efectuados, se adoptaron varias medidas entre las cuales resultó dable la eliminación de concursos desiertos y reservas de antigua data y la modificación de parámetros técnicos correspondientes a servicios licenciatarios y autorizados, que permitieron la incorporación de nuevas previsiones técnicas para las citadas ciudades.

Que, ulteriormente, este Organismo adoptó diversas medidas, que entre otras, tuvieron por objeto reunir la información necesaria para el conocimiento acabado de la configuración de la demanda, en cada una de las zonas de conflicto.

Que, en tal sentido, a través del dictado de la Resolución N° 2-AFSCA/09, prorrogada por su similar N° 175-AFSCA/10, se dispuso el relevamiento obligatorio de licencias, autorizaciones, permisos precarios y provisorios y emisoras reconocidas, que se encontraren vigentes; correspondiendo a la falta de presentación al relevamiento, en el caso de las emisoras permisionarias y reconocidas, la cancelación automática de los respectivos títulos que legitimaban su operatividad.

Que, dicha medida sumada a la regulación de los supuestos de superposición que para cada caso se dispusieron...

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