Resolución N° 733/GCABA/SSJYT/05

FirmantesFernández Moores
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Subsecretaría de Justicia y Trabajo
Fecha de la disposición 1 de Abril de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y TRABAJO

RESOLUCIÓN N° 733/ GCABA/ SSJYT/ 05

SE ACEPTA LA RENUNCIA COMO TITULAR DEL REGISTRO NOTARIAL N° 1.995 Y SE LO DECLARA VACANTE - MARÍA M.SUFFERN QUIRNO - ESCRIBANOS

Buenos Aires, 01/04/2005

Visto la Ley Orgánica Notarial N° 404 (B.O.C.B.A. N° 990), los Decretos Nros. 1.624-GCBA/00 (B.O.C.B.A. N° 1034), 2.696-GCBA/03 (B.O.C.B.A. N° 1836), 2.720-GCBA/03 (B.O.C.B.A. N° 1843), 92-GCBA/05 (B.O.C.B.A. N° 2116), 280-GCBA/05 (B.O.C.B.A. N° 2145) y el Expediente N° 8.391/05, y;

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el visto, tramita la renuncia presentada por la escribana María Mercedes Suffern Quirno, Matrícula N° 3.736 , al cargo de titular del Registro Notarial N° 1.995;

Que, la peticionante ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 23 in fine del decreto reglamentario de la Ley Orgánica Notarial al presentar su renuncia por escrito ante el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, quien la elevó a este Poder Ejecutivo con constancia de la situación de la colegiada al momento de su presentación, informando que sus antecedentes profesionales son correctos;

Que, conforme surge de las constancias obrantes en autos se ha efectuado la inspección de protocolo correspondiente al registro del cual la renunciante es titular, tal como estipula el art. 13 del Decreto N° 1.624-GCBA/00, la cual obtuvo resultado favorable;

Que, con respecto al protocolo del Registro Notarial N° 1.995, el Colegio de Escribanos informa que la documentación se encuentra en el Área de Incautación y Depósito de Protocolos de la entidad.

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha emitido dictamen considerando que puede dictarse el acto administrativo por el cual se haga lugar a la aceptación de la renuncia a la titularidad formalizada;

Que, la Dirección General de Justicia y Registros ha tomado la intervención que le compete, verificando el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución;

Que, la Ley N° 404 en su artículo 31 dispone que, compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha norma;

Que, mediante los Decretos Nros. 2.696-GCBA/03 y 2.720-GCBA/03 se modificó la estructura organizativa de este Gobierno, y se dispuso: Transfiérese la...

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