Resolución N° 199/GCABA/SSGSYC/05

FirmantesDesperbasques
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorSubsecretaría de Gestión Social y Comunitaria
Fecha de la disposición14 de Marzo de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y COMUNITARIA

RESOLUCIÓN N° 199/ GCABA/ SSGSYC/ 05

SE DESESTIMA EL RECLAMO DE CONSOMMÉ SA RELATIVO AL PAGO DE UNA SUMA DE DINERO - DESESTIMACIÓN - REGISTRO N° 11333-MGESYA-04 - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA ALIMENTARIA

Buenos Aires, 14/03/2005

Visto el Expediente N° 36.010/03 y sus acumulados Registros Nros. 13.527-MGEyA/04 y 11.333-MGEyA/04, y;

CONSIDERANDO:

Que por el registro citado en último término tramita un reclamo administrativo articulado por la empresa Consommé S.A. relativo al pago de la suma de pesos dos millones doscientos setenta y seis mil novecientos cincuenta y nueve con siete centavos ($ 2.276.959,07) en concepto de prestación alimentaria brindada en el marco de los programas que ejecuta la Dirección General de Política Alimentaria dependiente de la Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria de la Secretaría de Desarrollo Social;

Que la empresa de marras, en fs. 69 vta. de su presentación, señala que la deuda reclamada se vincula a distintos partes de recepción definitiva con trámite en sus correspondientes carpetas de pago, entre las cuales incluyen a las Carpetas Nros. 22.870/02; 31.887/02; 42.095/02; 74.843/02 y 61.716/02, debiéndose destacar que en relación a las mismas la reclamante ha interpuesto distintos recursos de reconsideración con jerárquico en subsidio que tramitaron por Expedientes N° 51.244/04 y acumulados Expedientes Nros. 51.239/04, 51.233/04; 51.230/04 y 51.236/05 y por Expediente N° 51.243/04, en el caso de las cuatro primeras citadas y que fueron resueltos por Resoluciones Nros. 161-SSGSyC/05 y 162-SSGSyC/05, respectivamente, en tanto que por Resolución N° 193-SSGSyC/05, se resolvió el recurso interpuesto en la Carpeta N° 61.716/02, circunstancia que debe ponerse en conocimiento de la empresa Consommé S.A., sin perjuicio de la notificación cursada en cada actuación con motivo del dictado de los actos administrativos supra mencionados;

Que asimismo formula su reclamo respecto de las Carpetas Nros. 52.655/02 y 53.368/02;

Que en fs. 88 interviene la Dirección General de Política Alimentaria, la cual ratifica el contenido de los partes de recepción definitiva identificados a fs. 69 vta. del Registro N° 11.333-MGESyA/04, tal como se menciona en el considerando precedente, y en...

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