Resolución N° 131/GCABA/SSMA/05

FirmantesVensentini
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Subsecretaría de Medio Ambiente
Fecha de la disposición23 de Febrero de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN N° 131/ GCABA/ SSMA/ 05

SE AUTORIZA AL CLUB ARGENTINO DE CRIADORES DEL PERRO OVEJERO ALEMÁN A REALIZAR LA EXPOSICIÓN PRINCIPAL DE LA CRIANZA ARGENTINA EN UN SECTOR DEL PARQUE SARMIENTO - AUTORIZACIONES DE EVENTOS

Buenos Aires, 23/02/2005

Visto la Resolución N° 361-SSMAMB/04, el Registro N° 22.034-DGD/04, y;

CONSIDERANDO:

Que en el mencionado registro, el Club Argentino de Criadores del Perro Ovejero Alemán, solicita la autorización correspondiente para realizar La Exposición Principal de la Crianza Argentina en el sector denominado Canchas de boca del parque Sarmiento los días 15, 16 y 17 de abril de 2005;

Que el objeto del evento es la difusión, crianza y control del registro de la raza Ovejero Alemán, al cual se estima que asistirán más de 1.000 ejemplares;

Que la entidad solicitante se compromete a presentar la documentación que refleje las gestiones encaradas para contratar servicios de atención de emergencias, seguridad privada, custodia y preservación sanitaria de los animales de la exposición, baños químicos y seguros para los asistentes cuya concreción deberá ser acreditada con fecha anterior a la inauguración del evento;

Que el presente evento ya se ha realizado con anterioridad en el mismo predio, contando con la asistencia de aficionados al Ovejerismo de todo el mundo;

Que la utilización prevista del espacio verde indicado no produciría impacto negativo en dicho lugar, siempre que se tenga presente la prevención indicada sobre la restricción de realizar dicho evento sobre sus solados rígidos, sin afectar las áreas verdes;

Que la Dirección General de Deportes ha expresado que no existen objeciones para acceder al requerimiento arriba descripto, siempre y cuando las acciones a desarrollarse no afecten el cuidado del espacio solicitado;

Que dicha actividad será responsabilidad de la entidad solicitante, debiendo arbitrar los medios necesarios para que no se produzcan daños, así como también, que queden en óptimas condiciones de limpieza los predios utilizados, no implicando costo alguno para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la presente autorización queda sujeta a la suscripción del acta de compromiso por parte de aquellas personas autorizadas por el representante legal del solicitante...

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