Resolución Nº 333/GCABA/SSMEP/16

FirmantesCapelli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría Mantenimiento del Espacio Público
Fecha de la disposición31 de Octubre de 2016

VISTO:

el Expediente Electrónico N° 15.338.824-MGEYA-COMUNA11/2016, y;

CONSIDERANDO:

Que, por las presentes actuaciones tramita la petición efectuada por la señora Ana

María Andrada, quien solicita un resarcimiento por las lesiones que habría sufrido al

caer en la vía pública;

Que, la presentación efectuada en el orden 2 será considerada como simple petición,

en los términos del art. 14 de la Constitución Nacional;

Que, se le ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos

Aires, conforme los términos del Art. 10 inc. c) de la Ley 1218;

Que, la peticionante manifiesta que "... mi nota es por un accidente que tuve en la vía

pública (...) el (...) 8 de mayo de 2016 (...) me encontraba trotando por la colectora del

lado de capital y llegando casi a la Av. Lastra (...) tropecé con unos tornillos que están

en el asfalto, que en su momento era el lugar que estaba el volquete de la basura, lo

corrieron de lugar sacaron el plástico que enganchaba, quedando los tornillos...";

Que, por tal motivo, solicitaría un resarcimiento. A fin de acreditar las circunstancias

alegadas, acompaña la siguiente documentación en el orden 2: 1.- Constancias

médicas. 2.- Tres (3) tickets y un (1) presupuesto. 3.- Ocho (8) fotografías.;

Que, la Dirección General Limpieza informa que se "... ha dado intervención a la

empresa prestataria del Servicio de Delimitación de dársenas para contenedores y

campanas de residuos sólidos urbanos" de la zona, Bosquimano S.A. conforme

Licitación Pública N° 8503-1243..." (orden 23);

Que, asimismo, adjunta una nota emitida por la mencionada empresa (v. orden 21,

archivos de trabajo, orden 1);

Que, en el caso planteado cabe resaltar que, de las constancias reunidas en estas

actuaciones se desprende que en el lugar y fecha en que se denuncia la ocurrencia

del hecho, la empresa "Bosquimano S.A." era la encargada de la delimitación de

dársenas para contenedores y campanas de residuos, conforme los términos de la

Licitación Pública N° 8503-1243, razón por la cual sería responsable por los daños a

terceros;

Que, dicha circunstancia surge claramente del informe practicado por la Dirección

General Limpieza y de la nota emitida por la mencionada empresa (v. órdenes 23 y 21

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