Resolución N° 333

EmisorDirección de Transporte
Fecha de la disposición15 de Junio de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 214 CÓRDOBA, 6 de Noviembre de 20158
Invierno 2015 para prestar en el Servicio Regular Diferencial en
el corredor VILLA CARLOS PAZ - CÓRDOBA y viceversa.
Y CONSIDERANDO:
Que la Oficina de Infraestructura del Transporte informa que la
diagramación propuesta por la permisionaria se ajusta al permiso
de explotación que posee la misma, con el objeto de adecuar los
horarios para cumplir en temporada Invierno 2015, por lo que
se aconseja su aprobación, debiendo quedar sujetos a las
modificaciones que eventuales reclamos las justifiquen.
Que a la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión
comparte lo expresado por dicha Oficina, aconsejando se dicte
el acto administrativo pertinente.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Operaciones
bajo el N° 0256/2015 y atento a las facultades conferidas por el
Artículo 40, inciso f) de la Ley N° 8669 y normativa legal vigente,
en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa CAR- COR S.R.L.
para prestar en Temporada Invierno 2015 los horarios
diagramados a fs. 11 y a fs. 2 del Folio Único 16 de autos, en el
Servicio Regular Diferencial del corredor VILLA CARLOS PAZ -
CÓRDOBA y viceversa, quedando sujetos a las modificaciones
que eventuales reclamos las justifiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de
Servicios Públicos, pase a la Oficina de Infraestructura y
archívese.
ING. MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
ANEXO
http://goo.gl/Z4HjSU
Resolución N° 321
Córdoba, 8 de junio de 2015
VISTO: El Expediente N° 0048-000426/2015 mediante el cual
el Señor MARIO ARMANDO D´AMORE, DNI N° 26.196.797
solicita la renovación del permiso de explotación de un Servicio
Especial, Obrero y Escolar de transporte de pasajeros
oportunamente otorgado por Resolución N° 233 de fecha 8 de
Mayo de 2013 del por entonces Ministerio de Transporte y
Servicios Públicos, con centro en la ciudad de RÍO CUARTO y
bajo la denominación de “FUSER VIAJES Y TURISMO”.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 233 de fecha 8 de Mayo de 2013 se
otorgó el permiso de explotación del servicio por el término de
DOS (2) años, por lo que a la fecha el plazo se encuentra
vencido.
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control
informa que el recurrente acredita haber cumplimentado con las
exigencias a verificar por las áreas a su cargo y que puede
darse continuidad al trámite de autos.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión
presta conformidad a lo informado por las áreas de su jurisdicción,
considerando que puede propiciarse el dictado de la Resolución
correspondiente a la Renovación del Servicio Especial, Obrero
y Escolar.
Que la Dirección General de Operaciones emite Dictamen N°
0343/2015 en donde concluye que puede dictarse resolución
excepcional y por única vez, autorizando al peticionante a prestar
un Servicio Especial, Obrero y Escolar, renovando el permiso
por el término de Dos (2) años a partir del dictado de la resolución
y tener por incorporada la unidad dominio N° GSW 794, inscripta
en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor el 02/11/
2007.
Que el servicio de transporte especial, obrero y escolar se
encuentra normado en el Artículo 9, incisos “D, E y F” de la Ley
Provincial N° 8669 y correlativos del Decreto Reglamentario N°
254/03 y Art. 37 del Anexo “A” del decreto precitado.
Que para la prestación del servicio se mantendrá el parque
móvil oportunamente habilitado por Resolución N° 233/2013,
por ajustarse a los requisitos establecidos para la permanencia
en servicio; siendo obligación de la permisionaria acreditar con
la periodicidad establecida, que mantiene actualizadas las
exigencias reglamentarias, durante el plazo de vigencia del
permiso.
Que conforme lo prevé el Artículo 40 inciso “E” del Decreto
Reglamentario N° 254/03 es atribución de la autoridad de
aplicación otorgar permisos para los servicios en la modalidad
Especial, Obrero y Escolar, considerándose pertinente otorgarlo
por el término de DOS (2) años a partir del dictado de la presente
Resolución.
Que por Resolución N° 115 de fecha 23/06/2014 la Secretaría
de Transporte delegó de manera excepcional y por única vez a
esta Dirección General de Transporte, la facultad de otorgar
autorizaciones para la explotación de servicios en la modalidad
especial, restringido, obrero, escolar dentro del marco de
reordenamiento dispuesto para esta modalidad de prestación.
Por todo lo expuesto, atento lo dispuesto por el Artículo 40,
inciso e) del Decreto N° 254/03; las facultades delegadas por
Resolución N° 115 del 23/06/2014 y normativa legal vigente, en
uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR al Señor MARIO ARMANDO
D´AMORE, DNI N° 26.196.797, CUIT N° 23- 26196797-9,
Ingresos Brutos N° 904-907935-1, con domicilio en Av. Colón
N° 1151 Torre 2, Piso 2° - Dpto. “2”, de esta ciudad de Córdoba,
para que preste por el término de DOS (2) años un servicio de
transporte de pasajeros en las modalidades Especial, Obrero y
Escolar, mediante contratación previa y sin recorrido permanente,
con centro en la ciudad de RÍO CUARTO y bajo la denominación
de “FUSER VIAJES Y TURISMO”.
Artículo 2°.- DISPONER para la prestación del servicio
otorgado al Señor MARIO ARMANDO D´AMORE, el siguiente
parque móvil:
-Marca MERCEDES BENZ, modelo del año 2007, fecha de
inscripción en el Registro de la Propiedad del Automotor el 02/11/
2007, chasis N° 8AC9046638A977222, motor N°
61198170070626, de 19 asientos, Tacógrafo DIGITAC 23146,
Dominio N° GSW 794, placa identificatoria N° E 2704.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de
los Servicios Públicos, pase al Registro de Prestatarios y
archívese.
ING. MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 333
Córdoba, 15 de junio de 2015
VISTO: El Expediente N° 0048-000311/2015 mediante el cual
el Señor RODRIGO EZEQUIEL RODRIGUEZ solicita la
renovación del permiso de explotación de un Servicio Especial
Restringido de transporte de pasajeros oportunamente otorgado
por Resolución N° 310 de fecha 4 de Noviembre de 2013 del
por entonces Ministro de Transporte y Servicios Públicos, con
centro en la ciudad de CÓRDOBA y bajo la denominación de
“TRANSPORTE CRISPI”.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 310 de fecha 4 de Noviembre de 2013
se otorgó el permiso de explotación del servicio por el término de
un año, por lo que a la fecha el plazo se encuentra vencido.
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control
informa que el recurrente acredita haber cumplimentado con las
exigencias a verificar por las áreas a su cargo y que puede
darse continuidad al trámite de autos.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión
presta conformidad a lo informado por las áreas de su jurisdicción,
considerando que puede propiciarse el dictado de la Resolución
correspondiente a la Renovación del Servicio Especial
Restringido.
Que la Dirección General de Operaciones emite Dictamen N°
0356/2015 en donde concluye que puede dictarse resolución
excepcional y por única vez, autorizando al peticionante a prestar
un Servicio Especial Restringido, renovando el permiso por el
término de Dos (2) años a partir del dictado de la resolución y
tener por incorporada la unidad dominio N° FAY 731, inscripta
en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor el 18/07/
2005.
Que el servicio de transporte especial restringido se encuentra
normado en el Artículo 9, incisos D apartado 2 de la Ley Provin-
cial N° 8669 y correlativos del Decreto Reglamentario N° 254/
03 y Art. 37 del Anexo “A” del decreto precitado.
Que para la prestación del servicio se mantendrá el parque
móvil oportunamente habilitado por Resolución N° 310/2013,
por ajustarse a los requisitos establecidos para la permanencia
en servicio; siendo obligación del permisionario acreditar con la
periodicidad establecida, que mantiene actualizadas las
exigencias reglamentarias, durante el plazo de vigencia del
permiso.
Que conforme lo prevé el Artículo 40 inciso “E” del Decreto
Reglamentario N° 254/03 es atribución de la autoridad de
aplicación otorgar permisos para los servicios en la modalidad
Especial Restringido, considerándose pertinente otorgarlo por el
término de dos (2) años a partir del dictado de la presente
Resolución.
Que por Resolución N° 115 de fecha 23/06/2014 la Secretaría
de Transporte delegó de manera excepcional y por única vez a
esta Dirección General de Transporte, la facultad de otorgar
autorizaciones para la explotación de servicios en la modalidad
especial, restringido, obrero, escolar dentro del marco de
reordenamiento dispuesto para esta modalidad de prestación.
Por todo lo expuesto, atento lo dispuesto por el Artículo 40,
inciso e) del Decreto N° 254/03; las facultades delegadas por
Resolución N° 115 del 23/06/2014 y normativa legal vigente, en
uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR al Señor RODRIGO EZEQUIEL
RODRIGUEZ, CUIT 20-35967253-6, Ingresos Brutos Exento,
con domicilio en calle Tupungato N° 2565 B° Mariano Balcarce
de esta ciudad de Córdoba, para que preste por el término de
DOS (2) años un servicio de transporte de pasajeros en la
modalidad Especial Restringido, mediante contratación previa y
sin recorrido permanente, con centro en la ciudad de CÓRDOBA
y bajo la denominación de “TRANSPORTE CRISPI”.
Artículo 2°.- DISPONER para la prestación del servicio, el
siguiente parque móvil:
-Marca RENAULT, modelo del año 2005, fecha de inscripción
en el Registro de la Propiedad del Automotor el 18/07/2005,
chasis N° 93YADCRD55J621567, motor N° 2650-4100376, de
12 asientos, Tacógrafo DIGITAC 23548, Dominio N° FAY 731,
placa identificatoria N° ER 2837.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de
los Servicios Públicos, pase al Registro de Prestatarios y
archívese.
ING. MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 309
Córdoba, 19 de mayo de 2015
VISTO: Que en el Expediente N° 0048-000224/2015 la
Empresa RÍO BER S.R.L., solicita aprobación de horarios
UNIFORMES para prestar en el Servicio Regular Común del

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR