Resolución N° 857/GCABA/SJYSU/04

FirmantesLópez
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANA

RESOLUCIÓN N° 857/ GCABA/ SJYSU/ 04

INSTRUCCIÓN DE SUMARIOS - SUMARIOS ADMINISTRATIVOS - INSTRUYE SUMARIO ADMINISTRATIVO - IRREGULARIDADES - HABILITACIONES - LOCAL DE LA AV. SAN MARTÍN 4502- 14-16-20-24-36 Y NOGOYÁ 2405-15-17-21-23 - AGENCIA DE AUTOMÓVILES,

Buenos Aires, 29/12/2004

Visto el Expediente N° 7.599/03 e incorporado Expedientes Nros. 90.514/97 y 123.719/90, y

CONSIDERANDO:

Que estos obrados se relacionan con la transferencia otorgada a favor de la firma Blindatec S.A. para el local sito en la Av. San Martín 4502/14/16/20/24/36 y Nogoyá 2405/15/17/21/23 sótano, P.B., E.P. 1°, 2°, 3° y 4° piso;

Que mediante Disposición N° 71-DGIyC/91 recaída en fecha 9/1/91 a fs. 80/80 vta. del expediente 123.719/90, se otorgó la habilitación para el local de la Av. San Martín 4502/14/16/20/24/36 y Nogoyá 2405/15/17/21/23, en carácter de agencia de automóviles, entre otras actividades, a nombre de Tirrot Automóviles S.A.;

Que por Expediente N° 90.514/97 la firma Inversora Quillen S.A., continuadora de la anterior, transfiere el fondo de comercio a Aba 541 S.A., habiéndose publicado los Edictos de Ley en el Boletín Oficial N° 28.761 de fecha 28/10/97, mediante el cual tramitó la transferencia de la actividad para el local en cuestión;

Que mediante Registro N° 10.354-DGHP/03 el Presidente de Aba 541 S.A. el señor Roberto Mario Karszenbaum desiste del trámite de transferencia de la habilitación oportunamente otorgada;

Que por Expediente N° 7.599/03 la firma Blindatec S.A. solicita la transferencia del local mencionado, cuya habilitación original estaba a nombre de Tirrot Automóviles S.A., otorgándose la misma mediante Disposición N° 744-DGHP/03 de fecha 22/5/03;

Que mediante Informe de fecha 24/6/03, el Director General de Habilitaciones y Permisos considera que Inversora Quillen S.A. ya no podía transferir la habilitación a favor de Blindatec S.A. pues ya se había desapoderado del fondo de comercio, el que fue efectivamente explotado por Aba 541 S.A. conforme la documentación suministrada en el Expediente N° 90.514/97, entendiendo que correspondería la revocación en sede administrativa de la Disposición N° 744-DGHP/03, en los términos del artículo 17 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;

Que asimismo, destacó que la Disposición citada no cumplimentó los requisitos establecidos por el Decreto N°...

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