Resolución N° 2079/GCABA/SS/04
Firmantes | Stern |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Salud |
Fecha de la disposición | 16 de Noviembre de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE SALUD
RESOLUCIÓN N° 2079/ GCABA/ SS/ 04
DESESTIMA EL RECURSO DEL EX AGENTE ROBERTO O. SCOTORIN, CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 957/SS/03. RATIFICA LA MISMA - DESESTIMACIÓN DE RECURSOS - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - SECRETARÍA DE SALUD - SANCIONES A AGENTES - SANCIÓN DE CESANTÍA - CESE DE AGENTES - SUMARIO 621/00 - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - PAGOS IRREGULARES - DEFRAUDACIÓN - COBRO INDEBIDO DE HABERES
Buenos Aires, 16/11/2004
Visto el Expediente N° 73.737/00 y la Resolución N° 957/SS/03, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramitó el Sumario N° 621/00 ordenado por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires mediante el dictado de la Resolución N° 1.231/PG/00, a fin de deslindar responsabilidades respecto de los hechos que emergen de los informes especiales de la Sindicatura General de la Ciudad, por las irregularidades en el mecanismo de devolución a agentes de este Gobierno, de cuotas por presuntos préstamos personales otorgados por el Banco Ciudad de Buenos Aires;
Que, en virtud del resultado del sumario indicado y a partir de lo dictaminado por la Procuración General en el Dictamen N° 40.343/PG/03, por Resolución N° 957/SS/2003 se dispuso la cesantía del agente Roberto Oscar Scotorin, Ficha N° 228.960, quien revistara en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Salud, en orden al cargo formulado de: Haber percibido sumas de dinero en forma reiterada, por medio de acreditaciones bancarias, en concepto de liquidaciones complementarias (Código 086) sin justificación alguna, durante el período objeto del Informe Especial N° 37/2000, confeccionado por la Sindicatura General de la Ciudad, siendo su conducta violatoria del artículo 10 inciso c) y aprehendida por los artículos 48 inciso e) y 50 de la Ley N° 471 (B.O. N° 1026) concordante respectivamente con los artículos 6° inciso b) y 36 inciso f) de la Ordenanza N° 40.401 (B.M. N° 17.489) vigente a la época de los hechos, sin perjuicio de su agravamiento, en caso de ser condenado en sede penal (artículos 49 inciso a) y 53 de la Ley N° 471, y artículos 37 inciso b) y 38 de la Ordenanza N° 40.401);
Que, debido a la existencia de la garantía de tutela sindical en favor del agente Scotorin, el acto administrativo indicado no fue oportunamente notificado ni ejecutoriado, remitiéndose las actuaciones administrativas a la Procuración General a los fines de iniciar las acciones judiciales pertinentes de exclusión de tutela;
Que, según surge de la copia fiel agregada a fs. 195 de estas actuaciones, el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires informó en diciembre de 2000 que el agente Scotorin resultó electo Delegado Gremial Titular, con mandato desde el día 6 de diciembre de ese año hasta el 6 de diciembre de 2002;
Que, a fs. 201, la Dirección de...
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