Resolución Nº 1250/2011
Fecha de disposición | 22 Septiembre 2011 |
Fecha de publicación | 16 Noviembre 2011 |
Sección | Resoluciones |
Bs. As., 22/9/2011
VISTO el Expediente Nº 1.456.301/11 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 14/17 del Expediente Nº 1.456.301/11 obra el Acuerdo con Anexo celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte trabajadora, y, por la parte empleadora, la ASOCIACION DE ASEGURADORES DE VIDA Y RETIRO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (AVIRA), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante el acuerdo de marras las partes convienen, sustancialmente, la nueva escala salarial del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 283/97 que regula la actividad del Seguro de Vida y Retiro, del que son sus suscriptores, que se encuentra detallada en el Anexo que forma parte del mismo,
Que la vigencia de lo acordado es a partir del 1 de agosto de 2011 hasta el 31 de julio de 2012.
Que es dable indicar en relación a lo pactado que, tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de los agentes signatarios,
Que en relación a lo pactado en artículo quinto del acuerdo de marras, se hace saber a las partes que la homologación que por este acto se dispone, lo es sin perjuicio de la aplicación de pleno de derecho de lo previsto en la Ley Nº 23.660 y articulo 92 ter párrafo 4º de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, en materia de determinación de la base de cálculo de aportes de los trabajadores con destino a la Obra Social, la cual resulta ajena a la disponibilidad colectiva.
Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.
Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, corresponde se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar...
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