Resolución N° 592/GCABA/SJYSU/04
Firmantes | López |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana |
Fecha de la disposición | 28 de Septiembre de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANA
RESOLUCIÓN N° 592/ GCABA/ SJYSU/ 04
DESESTIMA EL RECURSO DE LA FIRMA LABORATORIO LEÓN SLAPAK S.R.L. CONTRA LA DISPOSICIÓN N° 303/DGHYSA/04. ACEPTA LA INSCRIPCIÓN DEL PRODUCTO MARCA CISTINA PLUS SLAPAK, SOLICITADA POR LA CITADA FIRMA - DESESTIMACIÓN DE RECURSOS - RECURSO JERÁRQUICO - DIRECCIÓN GENERAL HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA - LUGAR - INSCRIPCIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS - SUPLEMENTO DIETARIO
Buenos Aires, 28/09/2004
Visto el Expediente N° 42.132/04, y
CONSIDERANDO:
Que por Registro N° 17.017/DGHYSA/03 la firma Laboratorio León Slapak S.R.L. solicitó el Certificado y Autorización de Venta a la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaría, del suplemento dietario con L Cistina, Piridoxina (Vitamina B6) y Zinc (como Óxido de Zinc), que se denominará Cistina Plus Slapak;
Que el Departamento de Fiscalización e Inscripciones, mediante Informe N° 801/DFI/03 formula requerimientos a la firma peticionante, los que fueron notificados con fecha 22 de diciembre de 2003;
Que por Antecedente N° 1 del Registro N° 17.017/DGHYSA/03 la empresa Laboratorio León Slapak S.R.L. acompaña la documentación requerida;
Que el Departamento Fiscalización e Inscripciones mediante Informe N° 71/DFI/04 formula nuevamente requerimientos de carácter legal a la firma peticionante;
Que mediante Antecedente N° 2 del Registro N° 17.017/DGHYSA/03 la firma requirente solicita prórroga para poder dar cumplimiento con lo precedentemente señalado;
Que por Informe N° 134/DFI/04 se le concede un plazo de diez (10) días hábiles, computables desde el día posterior a la fecha de presentación del mismo, quedando en consecuencia suspendidos el plazo legal y administrativo de la tramitación de los referidos obrados, quedando notificada la firma con fecha 23 de marzo de 2004;
Que la empresa peticionante no cumplió con dos de los requisitos exigidos;
Que mediante Disposición N° 303/DGHYSA/04 no se hace lugar a la inscripción del producto denominado Suplemento Dietario con L Cistina, Piridoxina (Vitamina B6) y Zinc (como Óxido de Zinc), marca Cistina Plus Slapak; solicitado por la empresa Laboratorio León Slapak S.R.L., acto que se notifica el 27 de abril de 2004;
Que mediante Antecedente N° 5 del Registro N° 17.017/DGHYSU/03, 19 de junio de 2004, la interesada interpone Recurso de Reconsideración contra los términos de la Disposición N°...
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