Resolución N° 546/GCABA/SJYSU/04

FirmantesLópez
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana
Fecha de la disposición 7 de Septiembre de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANA

RESOLUCIÓN N° 546/ GCABA/ SJYSU/ 04

DESESTIMA EL RECURSO DEL SR. FLOREAL F. VÁZQUEZ CONTRA LAS DISPOSICIONES NROS. 2.139/DGHP/03 Y 331/DGHP/04 - DESESTIMACIÓN DE RECURSOS - RECURSO JERÁRQUICO - TRASLADO DE PUESTO DE DIARIOS - AV. RIVADAVIA 4995 - AV. RIVADAVIA 4961 - JOSÉ ALEGRE - LIEGER S.A.

Buenos Aires, 07/09/2004

Visto el Expediente N° 32.603/04; y

CONSIDERANDO:

Que se inician las presentes actuaciones con la solicitud de traslado del puesto de diarios sito en la Av. Rivadavia 4995 al 4961, efectuado por el Sr. José Alfredo Alegre, en su carácter de Presidente de la firma Ligier S.A. la que se encuentra emplazada en la Av. Rivadavia 4995, toda vez que el puesto en cuestión ocasionaría un perjuicio comercial a la citada empresa;

Que se dictó la Disposición N° 2.139/DGHP/03, la que determina el traslado del puesto fijo para la venta de diarios, revistas y afines de la industria periodística en la vía pública, con permiso N° 2.372, cuyo titular es el Sr. Ernesto Alberto Vergéz emplazado sobre la Av. Rivadavia frente al 4995;

Que mediante Registro N° 10.182/DGHP/04, el Sr. Floreal Fernando Vázquez, en su carácter de apoderado del puesto de diarios de marras, solicita la reconsideración del citado Acto Administrativo;

Que mediante la Disposición N° 331/DGHP/04 se rechaza el recurso de reconsideración incoado contra los términos de la Disposición N° 2.139/DGHP/03;

Que por Registro N° 12.008/DGHP/04, el Sr. Vázquez formula nueva presentación que denomina Interpone Recurso Jerárquico contra la Disposición N° 331/DGHP/04;

Que la presentación interpuesta mediante el citado Registro, corresponde ser calificada como recurso jerárquico, que opera en subsidio del de reconsideración impetrado en los términos previstos por los artículos 107, 108 y siguientes de la Ley de Procedimientos Administrativos (Decreto N° 1.510/GCABA/97);

Que en virtud de haber sido interpuesto en legal tiempo y forma, resulta formalmente admisible proceder a su tratamiento, debiendo considerarse al Registro N° 12.008/DGHP/04, como ampliación de los fundamentos del mismo, conforme lo dispone el Art. 96 del Decreto precitado;

Que la aplicación de la vía pública con artefactos destinados a la exhibición y venta de diarios, revistas y afines de la industria periodística, sólo se permitirá en las condiciones establecidas en la Ordenanza N° 33.188 (AD. 331.5) según...

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