Resolución Nº 332/GCABA/SSJUS/15

FirmantesBuján
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Justicia
Fecha de la disposición 2 de Noviembre de 2015

VISTO:

El Expediente N° 26975716/2015; las leyes 451, 1217, los Decretos 42/GCBA/02;

321/GCBA/2009,

197/GCBA/10, 270/GCBA/2014, 277/15, Resolución

439/GCABA/PG/2006 y la Resolución 825-MJYSGC-2015; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 42/GCBA/02 el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires otorgó poder a mandatarios a fin de que realizaran gestiones necesarias

para el cobro de deudas fiscales en mora y de los certificados de deuda emitidos por la

Unidad Administrativa de Control de Faltas que depende de la Dirección General de

Administración de Infracciones;

Que por Decreto N° 321/GCBA/2009, se creó un cuerpo de mandatarios para el cobro

de las deudas por multas aplicadas por la Dirección General de Administración de

Infracciones, en atención a la distinta naturaleza de los créditos, los plazos de

prescripción y el fuero donde tramitan las ejecuciones fiscales, diferenciando el

régimen para el cobro de las multas del que regula la ejecución de las deudas fiscales;

Que mediante el Decreto N° 197/GCBA/2010 se designó en los términos del precitado

Decreto a los integrantes del cuerpo de mandatarios para el cobro de las deudas por

multas aplicadas por la Dirección General de Administración de Infracciones;

Que en la actualidad el cobro de los certificados de deuda emitidos por los

Controladores de la Unidad Administrativa de Control de Faltas está a cargo de los

mandatarios designados por el Poder Ejecutivo;

Que por decreto 277/GCBA/2015 se creó un nuevo cuerpo de mandatarios, delegando

en el Ministro de Justicia y Seguridad su implementación;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el organismo

que debe establecer las directivas jurídicas generales en los juicios en los cuales está

comprometido el interés del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto 277/GCBA/2015 establece que la Procuración General de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires ejerce la superintendencia técnico-jurídica de las gestiones

de los mandatarios;

Que por resolución 439/PG/2006 se estableció la utilización obligatoria por parte de los

mandatarios del sistema de seguimiento de juicios implementado por la Procuración

General;

Que a mérito de las atribuciones otorgadas por...

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