Resolución N° 1579/GCABA/SJYSU/04
Firmantes | Antuña |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana |
Fecha de la disposición | 2 de Julio de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANA
RESOLUCIÓN N° 1579/ GCABA/ SJYSU/ 04
DESIGNA AL SR. DANIEL FABIÁN - DNI 10.119.839 - COMO COORDINADOR OPERATIVO DEL ÁREA DE CONTRALOR DE ESPECTÁCULOS Y AL DR. ROBERTO IANNONE - FICHA CENSAL N° 214.316 - COMO COORDINADOR ADMINISTRATIVO Y LEGAL - SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANA - DESIGNACIÓN DE COORDINADORES - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DELEGACIÓN DE FACULTADES - INSPECCIÓN DE ESTADIOS DE FÚTBOL - ELABORACIÓN DE NORMATIVA - COMITÉ DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD EN EL FÚTBOL DE LA CIUDAD
Buenos Aires, 02/07/2004
Visto el Decreto N° 2.696/GCABA/2003, y su modificatorio el Decreto N° 2.720/GCABA/2003, el Decreto N° 366/GCABA/2004, la Resolución N° 350/SJYSU/2004 y;
CONSIDERANDO:
Que, por el artículo 15 del Decreto N° 2.696/GCABA/2003 se crea la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana dependiente de la Jefatura de Gobierno; y que por el artículo 16 del mencionado acto administrativo se crea la Subsecretaría de Justicia y Trabajo dependiente de esa Secretaría;
Que, por el Decreto N° 366/GCABA/2004 fue creado el Organismo fuera de Nivel Área de Contralor de Espectáculos, dependiente de la Subsecretaría de Justicia y Trabajo de la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana, orientado al contralor de los espectáculos deportivos, artísticos, religiosos o de otra índole, capaces de producir una amplia concentración de asistentes, teniendo a su cargo las funciones indicadas en el anexo I de la norma mencionada;
Que, por el artículo 3° del mencionado decreto se facultó a la Subsecretaría de Justicia y Trabajo a dictar normas e instrucciones de carácter organizativo y operativo tendientes a brindar el adecuado funcionamiento del área;
Que, posteriormente, por Resolución N° 350/SJYSU/2004 (B.O.C.B.A. N° 1968) se asignó a partir del 1° de junio de 2004, poder de policía al personal contratado del Área mencionada, por el tiempo de duración de los respectivos contratos, para el control del cumplimiento de las normas cuya aplicación compete a la referida repartición;
Que, en virtud de lo expuesto resulta necesario que el Área de Contralor de Espectáculos cuente con un Coordinador Operativo y un Coordinador Administrativo y Legal, con facultades para la suscripción de actos de mero trámite y, en ausencia del señor Responsable del Área, de actos administrativos cuyo dictado resulta...
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