Resolución N° 1534/GCABA/SED/04

FirmantesPerazza
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Educación
Fecha de la disposición28 de Mayo de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN N° 1534/ GCABA/ SED/ 04

APRUEBA EL ORDENAMIENTO DE LOS PLANES DE ESTUDIO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN DEL ÁREA DE EDUCACIÓN ARTÍSTICA

Buenos Aires, 28/05/2004

Visto la Carpeta N° 140/SED/2003, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas tramita el Proyecto de Ordenamiento de los Planes de Estudios de los establecimientos dependientes de la Dirección del Área de Educación Artística de esta secretaría de Educación;

Que una información permanente, actualizada y sistematizada a disposición de las diversas Áreas de la Secretaría de Educación requiere su ordenamiento por Áreas, Niveles y establecimientos, con especificación, para cada curso, de las asignaturas previstas y la cantidad de horas de cátedra asignadas a cada una de ellas;

Que el ordenamiento indicado implica, asimismo, establecer para cada Plan de Estudios el título que otorga y sus incumbencias profesionales, conforme lo especificado por las normas que originariamente les dieron aprobación;

Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Ley N° 33 y con el objeto de conservar la validez de los títulos y certificados emitidos y a emitir por los establecimientos de Nivel Medio dependientes de la Dirección del Área de Educación Artística, se continuará consignando tales normas hasta que otras nuevas las sustituyan, también por aplicación de las disposiciones de la Ley N° 33;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete;

Por ello

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°

Apruébase el ordenamiento de los Planes de Estudios implementados por los establecimientos dependientes de la Dirección del Área de Educación Artística de la Secretaría de Educación en lo que se refiere a su denominación, asignaturas por cursos y cantidad de horas de cátedra asignadas a cada una de ellas, según lo establecido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°

Determínase que los Planes de Estudios incluidos en el ordenamiento que aprueba el artículo 1° de la presente se encuentran autorizados desde el momento en que se haya iniciado su aplicación.

Artículo 3°

Establécese que hasta que se dicte la normativa definitiva que contemple los aspectos particulares correspondientes a cada uno de...

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