Resolución N° 163/GCABA/PG/04

FirmantesTadei
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorF/n Procuración General de la Ciudad
Fecha de la disposición12 de Julio de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

F/N PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD

RESOLUCIÓN N° 163/ GCABA/ PG/ 04

OTORGA PODERES GENERALES JUDICIALES Y PARA TRÁMITES ADMINISTRATIVOS A MIEMBROS DEL CUERPO DE ABOGADOS DE LA PROCURACIÓN - ABOGADOS DE LA PROCURACIÓN GENERAL - OTORGAMIENTO DE PODERES - PODER GENERAL JUDICIAL - APODERADOS - MODOS ANORMALES DE TERMINACIÓN DEL PROCESO - JUICIOS - MONTOS COMPROMETIDOS - AUTORIZACIÓN DEL JEFE DE GOBIERNO - PROCESO JUDICIAL - REPRESENTACIÓN LEGAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - REVOCACIÓN DE PODER GENERAL JUDICIAL

Buenos Aires, 12/07/2004

Visto el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Orgánica de la Procuración General de la Ciudad N° 1.218 y la Resolución N° 127/PG/04, y,

CONSIDERANDO:

Que la Procuración General representa a la Ciudad en todo proceso en donde se controviertan sus derechos e intereses, conforme lo establece el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 1.218;

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 1.218, el/la Procurador/a puede delegar la representación y patrocinio judicial en los/as funcionarios/as y en los profesionales que integren el cuerpo de abogados de este Organismo;

Que, asimismo, el artículo mencionado precedentemente establece que toda representación debe instrumentarse por resolución del/la Procurador/a General o por poder, en los supuestos en que la ley de rito así lo requiera;

Que se han deslizado errores materiales en el dictado de la Resolución N° 127/PG/04 con lo que se torna procedente dictar un nuevo acto administrativo que la modifique y permita se expida un nuevo poder general judicial;

Por ello, y conforme las facultades que le otorga el Art. 134 de la Constitución de la Ciudad y la Ley N° 1.218;

LA PROCURADORA GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°

Otórgase poder general judicial y para trámites administrativos a favor de los/as profesionales individualizados en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2°

Inclúyase en el Poder General Judicial a otorgarse, al Art. 18 de la Ley N° 1.218, el que transcripto dice Modos Anormales de Terminación del proceso. El/la Procurador/a General puede efectuar transacciones a conciliaciones en los juicios en los que interviene, cuando el monto comprometido sea inferior a los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR