Resolución N° 318/GCABA/SJYSU/04

FirmantesLópez
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana
Fecha de la disposición 7 de Junio de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANA

RESOLUCIÓN N° 318/ GCABA/ SJYSU/ 04

DESESTIMA EL RECURSO DE LA APODERADA DEL CÍRCULO DE SUBOFICIALES DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA - ASOCIACIÓN MUTUAL, CONTRA EL ACTO QUE DETERMINA EL RETIRO DE CARTELERAS PUBLICITARIAS UBICADAS EN AV. LUGONES S/N - DESESTIMACIÓN DE RECURSOS - RECURSO JERÁRQUICO - ROSA RODRÍGUEZ - CLUB DE LA FUERZA AÉREA - INTIMACIÓN DE MEJORAS - RETIRO DE COLUMNAS PUBLICITARIAS

Buenos Aires, 07/06/2004

Visto el Expediente N° 76.388/01; y

CONSIDERANDO:

Que obra cédula de intimación de mejoras librada a la Fuerza Aérea Argentina, la que determina en su artículo 1° que "Deberá proceder en el único e improrrogable plazo establecido precedentemente al retiro de 5 (cinco) Carteleras Dobles en Estructura, 2 (dos) Columnas Publicitarias, 1 (una) Estructura sin publicidad que se emplazan linderas a la Av. Lugones, por contravenir la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 Art. 8.2.2.8 del C.P.U...";

Que la apoderada del Círculo de Suboficiales de la Fuerza Aérea Argentina, interpuso recurso administrativo mediante Nota N° 10.405/DGB/01, contra el mencionado decisorio, haciendo referencia a la existencia de un proceso judicial en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 54, autos caratulados "Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires c/ Club Fuerza Aérea Argentina s/sumarísimo" (Expediente N° 13.880/98), donde el objeto de la demanda resultó idéntico al contenido del acto administrativo que se impugna;

Que el Director de Patrimonio Municipal y Juicios Especiales de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informó ante el requerimiento de la Dirección Jurídica, que en los autos de referencia, actualmente en trámite ante la Justicia Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, Juzgado N° 5, Secretaría N° 10, la cuestión que se dirime tiene como objeto que el Club de la Fuerza Aérea retire los carteles publicitarios;

Que la presentación formulada por la quejosa corresponde ser calificada como recurso jerárquico en los términos establecidos por el Art. 108 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/GCABA/97, B.O.C.B.A. N° 310);

Que en razón de haber sido interpuesto en legal tiempo y forma resulta formalmente procedente su tratamiento;

Que en virtud de haberse incoado una acción judicial, con el mismo objeto planteado en el...

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