Resolución N° 268/GCABA/SPTYDS/04

FirmantesEpszteyn
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable
Fecha de la disposición23 de Abril de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE PRODUCCIÓN, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESOLUCIÓN N° 268/ GCABA/ SPTYDS/ 04

ENCOMIENDA LA REALIZACIÓN DE TAREAS DE HIGIENE Y SANEAMIENTO - INMUEBLES CALLE MIRALLA 262 - ENTE DE HIGIENE URBANA - DIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL - DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS - HIGIENIZACIÓN - SANEAMIENTO Y REPARACIÓN DE ACERA DEL LUGAR

Buenos Aires, 23/04/2004

Visto el Expediente N° 16.780/04, relacionado con la higienización, el saneamiento y la reparación de acera reglamentaria del inmueble sito en la calle Miralla 262, y

CONSIDERANDO:

Que de los informes, denuncias e inspecciones practicadas en la finca de que se trata y obrantes en las referidas actuaciones, surge que en el presente caso se encuentran afectadas las condiciones de higiene y sanidad pública;

Que identificado el titular de la finca, se procedió a cursar cédula de intimación a fin que se proceda a regularizar la situación planteada;

Que transcurrido el plazo otorgado para el cumplimiento de lo intimado se comprobó que las tareas no fueron realizadas, permaneciendo las deficiencias que dieron origen al procedimiento ya mencionado;

Que es un deber imperativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aplicar las disposiciones a las cuales debe ajustarse la población para el cuidado, el aseo y la limpieza de la Ciudad, determinadas por medio de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), AD 470.2 y su modificatoria Ordenanza N° 33.681 (B.M. N° 15.575);

Que, en consecuencia, resulta inexcusable el ejercicio del Poder de Policía por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, velando por los intereses de la comunidad;

Que habiendo efectuado consulta a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, sobre el temperamento a seguir respecto de la situación planteada, dicha asesoría legal emitió Dictamen (fs. 28 y vta.) considerando que corresponde dictar el acto administrativo pertinente, a fin de disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad y orden público;

Que para el supuesto que no se permitiera el acceso del personal del Gobierno de la Ciudad al inmueble precedentemente citado, a fin de realizar los trabajos pertinentes, corresponderá dar intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, para gestionar se disponga en sede judicial el allanamiento del mismo, a efectos de...

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