Resolución N° 269/GCABA/SPTYDS/04
Firmantes | Epszteyn |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable |
Fecha de la disposición | 23 de Abril de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE PRODUCCIÓN, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESOLUCIÓN N° 269/ GCABA/ SPTYDS/ 04
ENCOMIENDA LA REALIZACIÓN DE TAREAS DE HIGIENE Y SANEAMIENTO - INMUEBLES - CALLE CHIVILCOY 1951 - ENTE DE HIGIENE URBANA - DIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL - DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS - HIGIENIZACIÓN - SANEAMIENTO - CONSTRUCCIÓN DE LA CERCA REGLAMENTARIA - REPARACIÓN DE ACERA DEL LUGAR
Buenos Aires, 23/04/2004
Visto el Expediente N° 16.790/04, relacionado con, la higienización, la reparación de acera y la construcción de cerca reglamentaria en el inmueble sito en Chivilcoy 1951, y
CONSIDERANDO:
Que de los informes, denuncias e inspecciones practicadas en la finca de que se trata y obrantes en las referidas actuaciones, surge que en el presente caso se encuentran afectadas las condiciones de higiene y sanidad pública;
Que se intimó al propietario del mismo a fin que procediera a regularizar la situación planteada;
Que transcurrido el plazo otorgado para el cumplimiento de lo intimado se comprobó que las tareas no fueron realizadas, permaneciendo las deficiencias que dieron origen al procedimiento ya mencionado;
Que es un deber imperativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aplicar las disposiciones a las cuales debe ajustarse la población para el cuidado, el aseo y la limpieza de la Ciudad, determinadas por medio de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2 y su modificatoria Ordenanza N° 33.681 (B.M. N° 15.575);
Que, en consecuencia, resulta inexcusable el ejercicio del Poder de Policía por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, velando por los intereses de la comunidad;
Que habiendo efectuado consulta a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, sobre el temperamento a seguir respecto de la situación planteada, dicha asesoría legal emitió Dictamen (fs. 39 y vta.) considerando que corresponde dictar el acto administrativo pertinente, a fin de disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad y orden público;
Que para el supuesto que no se permitiera el acceso del personal del Gobierno de la Ciudad al inmueble precedentemente citado, a fin de realizar los trabajos pertinentes, corresponderá dar intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, para gestionar se disponga en sede judicial el allanamiento del mismo, a...
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