Resolución N° 340/GCABA/SIYP/04
Firmantes | Feletti |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Infraestructura y Planeamiento |
Fecha de la disposición | 30 de Marzo de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO
RESOLUCIÓN N° 340/ GCABA/ SIYP/ 04
DISPONE LA CADUCIDAD DE LA LICENCIA DE TAXI N° 31.716 OTORGADA AL SR. DANIEL A. GARCÍA SOBRE EL VEHÍCULO DOMINIO AOA 032 - CADUCIDAD DE LICENCIAS - LICENCIAS DE TAXIS
Buenos Aires, 30/03/2004
Visto el Expediente N° 63.385/02, la Ordenanza N° 41.815, la Ley N° 667/01, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 7 luce notificación de infracción labrada en la vía pública de fecha 7 de agosto de 2002, en la oportunidad de verificarse que un chofer no habilitado se encontraba conduciendo el automóvil dominio AOA 032 afectado a la licencia de taxi N° 31.716, cuyo titular es Daniel Argentino García;
Que a fojas 4 se agrega Cédula de Notificación, dirigida al titular de la licencia de taxi por la que se le notifica que se ha promovido de oficio el presente Expediente en el que se investiga la comisión de posible incumplimientos al Régimen de Alquiler de Automóviles con Taxímetro y la eventual aplicación de sanciones por chofer no habilitado, cuya copia obra en su poder, intimándolo a que proceda a la entrega de documentación que posea, el reloj taxímetro y efectúe los descargos que estime corresponder;
Que a fojas 19 mediante Registro N° 20.424/DGEVYL-DTPP/03 agregado al presente, informa la empresa concesionaria SACTA S.A. que la licencia de taxi N° 31.716, afectada al vehículo dominio AOA 032 se encuentra expedida a favor del señor Daniel Argentino García, agregando que su titular conduce declarando poseer conductores no titulares dependientes según fojas 20/21, en la cual figura el señor Ricardo Adrián Iacono, DNI 17.968.681 dado de baja el 15/5/02;
Que a fojas 17 obra copia certificada por la Unidad Administrativa de Control de Faltas de la que surge en el dorso del Acta B 2959996, que el vehículo tenía la banderita encendida y chofer no habilitado;
Que la Ordenanza N° 41.815 (AD 811.10) en su artículo 41 bis (incorporado por artículo 3° de la Ley N° 787 B.O.C.B.A. N° 1489) prescribe: Será considerada infracción gravísima la prestación de servicio de taxi mediante un conductor no habilitado... La sanción a aplicar por esta infracción será la caducidad de la licencia...;
Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la debida intervención emitiendo Dictamen N° 22.750;
Por ello,
EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO
RESUELVE:
Disponer la caducidad de la licencia de...
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