Resolución N° 22/PJCABA/CMCABA/04

FirmantesFleitas-Ortiz-De-Rozas-(NO-FIRMA-POR-ENCONTRARSE-EN-USO-DE-LICENCIA)
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición27 de Enero de 2004

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

RESOLUCIÓN N° 22/ PJCABA/ CMCABA/ 04

CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RECICLADO DE CARTUCHOS DE TÓNER PARA SU USO EN EQUIPOS DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES AUTORIZA EL LLAMADO A CONTRATACIÓN DIRECTA N° 1/04. APRUÉBASE EL PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES - IMPRESORAS

Buenos Aires, 27/01/2004

Visto lo actuado en el Expediente CM N° 2/04, mediante el cual se elevan a consideración del Plenario los antecedentes para la contratación del servicio de reciclado de cartuchos de tóner para uso en equipos de impresión del parque informático existente en las distintas dependencias del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución CM N° 880/03 de este Consejo, del día 18 de diciembre de 2003, se ha declarado fracasada por inadmisibilidad de las ofertas presentadas la Licitación Privada N° 10/03;

Que en virtud de las consideraciones vertidas por la Dirección Compras y Contrataciones en la Nota N° 1/DCC/04, inserta a fojas 1/3, se pone de manifiesto la necesidad imperiosa de proceder a la contratación de un servicio de reciclado de cartuchos de tóner, con el objeto de brindar una solución a la cuestión del abastecimiento de tintas, facilitando los medios necesarios para un eficaz y eficiente desarrollo de las labores cotidianas de la Justicia de esta Ciudad;

Que de la Nota mencionada precedentemente se desprende que, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 56, inciso 3, apartado e), del Decreto-Ley N° 23.354/56, se torna viable el llamado a Contratación Directa para la contratación del servicio de reciclado de cartuchos de tóner, no existiendo obstáculos de orden legal o reglamentario para habilitar su progreso;

Que conforme al artículo 56 del Decreto Ley N° 23.354/56, inciso 7 del Decreto N° 5.720/72, reglamentario del Decreto-Ley N° 23.354/56: deberán regir las mismas bases y cláusulas del llamado que fracasara; motivo por el cual, obra adjunto a la presente Resolución, el proyecto de Pliego de Condiciones Particulares de la Contratación Directa en cuestión - Anexo I;

Que se toma como referencia para la realización de la Contratación Directa de marras, el Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución CM N° 150/03 y su modificatoria Resolución CM N° 178/03;

Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido por la Ley N° 70, la Dirección de Compras y Contrataciones procedió a solicitar la registración preventiva de los montos afectados en la fracasada Licitación Privada N° 10/03, los cuales ascienden a la suma de pesos doscientos veintiséis mil trescientos ochenta y ocho con 52/100 ($ 226.388,52) IVA incluido, conforme Constancia de Registración N° 2004-01000013 y Nota de la Dirección de Programación y Administración Contable de fecha 6 de enero, obrantes a fojas 10/12, acreditando así la existencia de las partidas presupuestarias necesarias;

Que el valor propuesto por la Dirección de Compras y Contrataciones para la venta de los Pliegos necesarios para ofertar en la Contratación Directa, asciende a la suma de pesos ciento quince ($ 115);

Que la fecha de apertura de ofertas propuesta por la Dirección de Compras y Contrataciones es el día 8 de marzo de 2004, a las 12 horas;

Que a fojas 15 obra el Dictamen N° 195/04 de la Dirección de Asuntos Jurídicos, el cual manifiesta que, tras un exhaustivo análisis de lo actuado, no manifiesta objeción alguna a la Contratación Directa en cuestión;

Que en virtud de la Resolución CM N° 509/03, el Secretario Técnico del Consejo deberá disponer cuales serán los miembros titulares y suplentes que deben participar en el proceso de preadjudicación;

Que conforme la misma...

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