Resolución N° 1554/GCABA/SOYSP/03
Firmantes | Fatala |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Obras y Servicios Públicos |
Fecha de la disposición | 28 de Noviembre de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCIÓN N° 1554/ GCABA/ SOYSP/ 03
APRUEBA EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES DEL PROGRAMA DE REPARACIÓN DE CALZADAS -CUADRILLA 8 (SIMPLE - SIN MOVILIDAD). AUTORIZA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS PARA DESEMPEÑARSE EN EL CITADO PROGRAMA - CONTRATACIÓN DE PERSONAL - ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL - APROBACIÓN - DIVERSOS TIPOS -CONTRATOS DE LOCACIÓN DE OBRA - DI DARIO - GONZALEZ - AGüEROS - ALEGRE - GUERRERO - AGUEROS - LOZAR - RICHETTO - ROJAS PALIÑO - JIMENEZ - GARAY - HERRERA - BERGALL RIZZO - FRASSIA - CARNA - ARNETO
Buenos Aires, 28/11/2003
Visto la Nota N° 1.451/EMUI/03 y Ag. y el Decreto N° 2.138/GCABA/01 y sus modificatorios Decretos Nros. 1.650/GCABA/02 y 267/GCABA/03 y;
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 2.138/GCABA/01, se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los señores Secretarios del Poder Ejecutivo y Jefe de Gabinete, así como a los funcionarios con rango equivalente, y a los Subsecretarios con dependencia directa del Jefe de Gobierno y funcionarios con rango equivalente dentro de dicha jurisdicción, a autorizar la contratación de personas bajo los regímenes de locación de servicios o de obra, dentro de sus disponibilidades presupuestarias y hasta un monto máximo de pesos tres mil ($ 3.000) mensuales por contrato;
Que por el Decreto mencionado, se faculta a los funcionarios mencionados a delegar en los Subsecretarios o Directores Generales de su jurisdicción, la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes;
Que por Decreto N° 1.650/GCABA/02, se establece en treinta (30) días el plazo máximo que debe transcurrir desde el inicio de una prestación celebrada bajo el régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva Resolución;
Que por Decreto N° 267/GCABA/03, se fija en cuarenta y cinco (45) días el plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de una prestación celebrada bajo el régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva Resolución autorizante;
Que las retribuciones a percibir por los contratados serán canceladas en pesos o su equivalente en cualquiera de los medios alternativos de pago con los que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cancele sus obligaciones;
Que por las presentes actuaciones tramitan contrataciones bajo la figura de Locación de Obra, correspondientes al año 2003;
Por ello;
EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Autorízase la contratación de diversas personas, para desempeñarse en el Programa de Reparación de Calzadas del Ente de Mantenimiento Urbano Integral, de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, en el modo y forma que se detalla en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.
Apruébase para dichas contrataciones, el Pliego de Bases y Condiciones Programa de Reparación de Calzadas de Diversos Tipos - Cuadrilla 8 (Simple-Sin Movilidad), que obra como Anexo II, y el modelo de Contrato de Locación de Obra, que obra como Anexo III de la presente.
Delégase indistintamente en los señores Subsecretario Administrativo, Cont. José Luis Calvo y en el Director General Administrativo y Legal, Dr. Ariel Seguí, la suscripción de los contratos mencionados en el artículo 1°.
Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden General de Pago, correspondiente a lo mencionado en el artículo 1° de la presente.
A los efectos del cobro, mensualmente deben adicionarse las aceptaciones de los informes correspondientes.
Los importes a abonarse se depositarán en las cuentas corrientes o cajas de ahorro del Banco Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos fueran comunicados por los contratados a la Dirección General de Tesorería.
Establécese que las retribuciones a percibir por el contratado serán canceladas en pesos o su equivalente en cualquiera de los medios alternativos de pago con los que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cancele sus obligaciones.
El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto en vigor.
Regístrese, comuníquese a la Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica para su Registro y publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales Administrativa y Legal y de Contaduría. Cumplido, archívese. Fatala.
ANEXOS
[Ver imagen 1]
Secretaría de Obras y Servicios Públicas
Pliego de Bases y Condiciones
Ente de Mantenimiento Urbano Integral
Programa de Reparación de Calzadas de
Diversos Tipos
Cuadrilla 8 (Simple-sin Movilidad)
Octubre 2003
Índice
-
Introducción
-
Especificaciones Técnicas
2.1. Descripción
2.2. Tareas en Acopios de Materiales
2.3. Descripción de las Tareas
-
Preciario
-
Condiciones...
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