Resolución N° 1477/GCABA/SOYSP/03

FirmantesFatala
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Obras y Servicios Públicos
Fecha de la disposición20 de Noviembre de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN N° 1477/ GCABA/ SOYSP/ 03

MODIFICA EL ARTÍCULO 1° DE LA RESOLUCIÓN N° 401/SOYSP-TYT/99, B.O. N° 753 - TRANSPORTE DE ESCOLARES - COLECTIVOS ESCOLARES - OBLIGACIÓN - COLOCACIÓN DE LEYENDA - RECLAMOS - TRANSPORTE ESCOLAR - VEHÍCULOS PARA TRANSPORTE ESCOLAR - MICROS ESCOLARES - NÚMERO DE TELÉFONO - 0800-222247

Buenos Aires, 20/11/2003

Visto el Expediente N° 70.139/2003, las Resoluciones Nros. 436/SPYS/98 y 620/SPYS/98, 401/SOYSP-TYT/99, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 436/SPYS/98 instrumentó la obligatoriedad de inscribir en los vehículos de transporte de escolares una leyenda destinada a poner en conocimiento de usuarios y terceros un número telefónico para efectuar reclamos;

Que posteriormente, la Resolución N° 620/SPYS/98 modificó el texto de la leyenda, adaptándola a todas las cuestiones relacionadas a la prestación del servicio de transporte de escolares;

Que asimismo la Resolución N° 401/SOYSP-TYT/99, actualizó, en virtud de las modificaciones efectuadas en la numeración del servicio telefónico;

Que producida una nueva modificación en dicha numeración resulta conveniente actualizar el número de recepción de reclamos inscripto en las unidades de transporte de escolares;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°

Modifícase el artículo 1° de la Resolución N° 401/SOYSP-TYT/99, el que quedará redactado de la siguiente manera: Establécese la obligación de inscribir en la parte posterior de los vehículos afectados...

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