Resolución N° 2318/GCABA/SS/03
Firmantes | Stern-Giudici |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Conjuntas: (Ex) Secretaría de Gobierno y Control Comunal - (Ex) Secretaría de Salud |
Fecha de la disposición | 13 de Noviembre de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE SALUDSECRETARÍA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL
RESOLUCIÓN N° 2318/ GCABA/ SS/ 03
ENCOMIENDA A LOS/AS DIRECTORES/AS DE HOSPITALES Y CENTROS ASISTENCIALES LA CERTIFICACIÓN DE LA FIRMA Y DATOS PERSONALES DE LOS/AS PROFESIONALES DE LA MEDICINA BAJO SU DEPENDENCIA - ENCOMENDACIÓN - DIRECTORES DE HOSPITALES - DIRECTORES DE CENTROS ASISTENCIALES - CERTIFICACIÓN DE FIRMA DE MÉDICOS - EMPADRONAMIENTO DE PROFESIONALES MÉDICOS - CONFECCIÓN DE CERTIFICADOS DE DEFUNCIÓN - CREACIÓN DE REGISTROS - REGISTRO DE FIRMAS MÉDICAS
Buenos Aires, 13/11/2003
Visto la Nota N° 11.776/SS/03, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General del Registro Civil, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Control Comunal, estableció la necesidad de proceder al empadronamiento de los profesionales médicos a los fines de la confección de los certificados de defunción;
Que es menester coordinar una acción conjunta entre las Secretarías de Salud y de Gobierno y Control Comunal, con el objeto de dar acabado cumplimiento al requerimiento de dotar de la mayor seguridad jurídica al sistema actual de registro de firmas médicas obrante en el organismo registrador anteriormente citado;
Que es el propósito de ambas Secretarías aplicar un procedimiento tal que garantice además de la seguridad jurídica, un medio eficaz y ágil, que redunde en un beneficio para la confección del registro de firmas médicas y para los profesionales que deban registrar su firma en él;
Que es de interés público la constatación del deceso de las personas y su registración por las implicaciones jurídicas del hecho y acto jurídico de la defunción, así como corresponde también al orden de las políticas públicas de salud el relevamiento de las causas que las originan;
Que corresponde al estado asegurar el estricto control sobre la certificación de la defunción como garantía del ejercicio del poder de policía por su función indelegable;
Que en este sentido se ha ponderado para mejor proveer que los Sres. Directores de Hospitales y Centros Asistenciales recaben de los profesionales de la medicina que presten servicio bajo su dependencia, las firmas y datos personales, que requiere la confección del mencionado Registro de Firmas Médicas;
Que a los fines de garantizar la transparencia y certeza de la registración se encomienda la función de la certificación de firmas a los Sres. Directores de...
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