Resolución N° 1399/GCABA/SOYSP/03

FirmantesFatala
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Obras y Servicios Públicos
Fecha de la disposición 6 de Noviembre de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN N° 1399/ GCABA/ SOYSP/ 03

DISPONE LA CADUCIDAD DE LA LICENCIA DE TAXI N° 5.266 OTORGADA AL SR. ANÍBAL O. PELOZO SOBRE EL VEHÍCULO DOMINIO ALX 733 - CADUCIDAD DE LICENCIAS - LICENCIAS DE TAXIS

Buenos Aires, 06/11/2003

Visto el Expediente N° 20.191/03, la Ordenanza N° 41.815, la Ley N° 667/01, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5 luce copia de la infracción en la vía pública labrada de fecha 8 de abril de 2003, en la oportunidad de verificarse que un chofer no habilitado, se encontraba conduciendo el automóvil dominio ALX 733 afectado a la licencia de taxi N° 5.266, cuyo titular es Pelozo, Aníbal Omar, DNI 13.079.904;

Que a fojas 2 se agrega cédula de notificación, dirigida al señor Pelozo, Aníbal Omar, titular de la licencia de taxi N° 5.266, por la que se le notifica que se ha promovido de oficio el presente Expediente en el que se investiga la comisión de posibles incumplimientos al Régimen de Alquiler de Automóviles con Taxímetro y la eventual aplicación de sanciones por chofer no habilitado, cuya copia obra en su poder, intimándolo a que proceda a la entrega de documentación que posea, el reloj taxímetro y efectúe los descargos que estime corresponder;

Que a fojas 20 mediante Registro N° 23.433/DGEVYL-DTPP/03 agregado a los presentes, informa la empresa concesionaria SACTA S.A., que la licencia de taxi N° 5.266, afectada al vehículo dominio ALX 733 se encuentra expedida a favor del señor Pelozo, Aníbal Omar, agregando que su titular conduce declarando no poseer conductores no titulares dependientes;

Que a fojas 18 obra copia certificada por la Controladora Administrativa, de la que surge, en el dorso del Acta B 3.877.004, que el vehículo tenía la banderita encendida, y chofer no habilitado;

Que la Ordenanza N° 41.815 (AD 811.10) en su Art. 41 bis (incorporado por Art. 3° de la Ley N° 787, B.O.C.B.A. N° 1489) prescribe: Será considerada infracción gravísima la prestación de servicio de taxi mediante un conductor no habilitado... La sanción a aplicar por esta infracción será la caducidad de la licencia...;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado debida intervención en estos actuados, emitiendo Dictamen N° 18.702;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°

Dispóngase la caducidad de la licencia otorgada al señor Pelozo Aníbal Omar titular del DNI...

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