Resolución N° 1142/GCABA/SOYSP/03
Firmantes | Fatala |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | (Ex) Secretaría de Obras y Servicios Públicos |
Fecha de la disposición | 15 de Septiembre de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCIÓN N° 1142/ GCABA/ SOYSP/ 03
RATIFICA EL RECHAZO A LA SOLICITUD DEL SR. PEDRO MAGNOLI, RELACIONADA CON LA INCLUSIÓN DEL VEHÍCULO PATENTE C 1.521.920 EN EL REGISTRO DE TAXIS -RATIFICACIÓN DE RESOLUCIONES , DENEGACIÓN DE SOLICITUDES , SOLICITUD DE INCLUSIÓN , SIN EFECTO , AUTORIZACIÓN PARA CIRCULAR , REVOCACIÓN DE PERMISO PROVISORIO
Buenos Aires, 15/09/2003
Visto el Expediente N° 15.877/92, y
CONSIDERANDO:
Que por el referido Expediente el señor Pedro Magnoli DNI 4.408.869, tramita la solicitud de inclusión en el Registro de Licencias de Automóviles de Alquiler con Taxímetro del vehículo patente C 1.521.920;
Que a fojas 10 del Expediente citado mediante acto administrativo de abril de 1992, la autoridad de aplicación procede a rechazar la petición, dado los antecedentes obrantes a fojas 9;
Que obra dictamen agregado a fojas 31, por el que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires opina que no se han incorporado nuevas pruebas con entidad para acreditar los derechos invocados, considerando que debe rechazarse la pretensión, propiciando la confirmación de la Resolución de fojas10;
Que posteriormente el señor Magnoli se presentó al censo de permisos provisorios, precarios y revocables, acompañando documentación;
Que opinó la Comisión de Estudio Resolución N° 14/SSTYT/00, destacando que la firma inserta en el formulario de cambio de uso agregado al Expediente resultaría apócrifa, conforme la pericia realizada por la División Scopometría de la Policía Federal Argentina, correspondiendo el dictado del acto administrativo rechazando la pretensión;
Que del Dictamen N° 16.043 emitido por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, surge que el reclamo interpuesto no aporta elemento alguno que permita variar el temperamento oportunamente adoptado, aconsejando el dictado de la Resolución desestimando el recurso interpuesto;
Que asimismo señala respecto de la posible comisión de un delito de acción pública, que la acción penal que pudiera corresponder se encuentra prescripta;
Que siendo que ha habido una tolerancia de la administración, al autorizar el funcionamiento de taxis con recursos pendientes, la vigencia del permiso provisorio, precario y revocable se halla vinculada a lo que en definitiva se resuelva acerca de los mismos, por lo que debe revocarse el permiso precario...
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