Resolución N° 3479/GCABA/SED/02

FirmantesFilmus
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Educación
Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 2002

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

EDUCACIÓN NO FORMAL - VOLUNTARIOS

RESOLUCIÓN N° 3479/ GCABA/ SED/ 02

EDUCACIÓN NO FORMAL. APRUEBA EL REGLAMENTO Y EL MODELO DE CONVENIO QUE REGIRÁ LA ACTIVIDAD DEL VOLUNTARIADO EN EL DEPARTAMENTO NO FORMAL.

Buenos Aires, 05/12/2002

Visto la Carpeta N° 4.761/SED/2002, y;

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación, el Departamento No Formal plantea la situación existente en el área respecto de servicios prestados por personas en forma voluntaria en distintos centros educativos;

Que los distintos coordinadores de los centros formativos han aportado su experiencia respecto de esta realidad;

Que un Estado Moderno debe incorporar a su ordenamiento jurídico la regulación de las actuaciones de los ciudadanos que se agrupan para satisfacer los intereses generales y reclaman un papel cada vez más activo en la solución de los problemas que les afectan;

Que la participación social es cada vez más importante para la construcción de una sociedad solidaria en la que todos gocen de una calidad de vida digna, posibilitando la erradicación de situaciones de marginalidad, muchas veces vinculadas con problemas de empleo, capacitación o nivel educativo;

Que el voluntariado reúne carácter altruista, solidario, libre, gratuito y se encuentra por tanto completamente desligado de cualquier forma de prestación de servicios retribuida, resultando importante fomentar este tipo de participación solidaria, que no siempre debe tener un carácter asistencial y que por su flexibilidad responde a las características propias de la Educación No Formal;

Que a los fines de realizar dicha actividad de manera organizada y dentro de la planificación y los objetivos propuestos por cada área, potenciando de esta manera los logros, resulta necesario reglamentar la forma en que dicho voluntariado será realizado;

Que ha tomado intervención en las presentes actuaciones la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional;

Por ello,

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°

Apruébese el Reglamento que regirá la actividad de voluntariado en el Departamento No Formal, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°

Apruébase el Modelo de Convenio a ser suscripto entre el voluntario y el Departamento No Formal que como Anexo II forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°

El Departamento No Formal tendrá a su cargo la aprobación, coordinación y seguimiento de la actividad, debiendo llevar un registro actualizado de los voluntarios, detallando nombre y apellido, tipo y número de documento, lugar en que se desempeña, proyecto al que ha sido asignado y tareas a su cargo.

Artículo 4°

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comuníquese por copia a las Direcciones Generales de Educación, de Coordinación Financiera y Contable, de Coordinación Legal e Institucional y al Departamento No Formal (Decreto N° 430/2002). Filmus.

ANEXOS

ANEXO

ANEXO I Artículos 1 a 10

REGLAMENTACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE VOLUNTARIADO EN EL ÁREA EDUCACIÓN NO FORMAL

Artículo 1°

Objeto.

Este reglamento tiene por objeto regular la actividad de voluntarios en las distintas actividades que se realicen bajo el Departamento No Formal.

Artículo 2°

Ámbito de aplicación.

Será de aplicación a los voluntarios que participen en actividades de los Centros Educativos y de los distintos proyectos y programas que se ejecuten en la órbita del Departamento No Formal.

Artículo 3°

Concepto de voluntario.

A los efectos de esta reglamentación, se entiende por volun-tariado el conjunto de actividades de interés general, desarrolladas por personas físicas, siempre que las mismas no se realicen en virtud de una relación laboral...

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