Resolución N° 95/GCABA/SS/03

FirmantesStern
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Salud
Fecha de la disposición16 de Enero de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE SALUD

AYUDA SOCIAL A PERSONAS CON INDICACIÓN MÉDICA - FONDO DE EMERGENCIA PARA LA SALUD - INSUMOS Y PRESTACIONES ESPECIALES

RESOLUCIÓN N° 95/ GCABA/ SS/ 03

ADJUDICA A LA FUNDACIÓN FAVALORO LA PROVISIÓN DE TRANSPLANTE DE MÉDULA ÓSEA, PARA LA PACIENTE LUCIANA B. VERÓN

Buenos Aires, 16/01/2003

Visto el Registro N° 1.005/SS/03 y Ag., y

CONSIDERANDO:

Que tratan las presentes actuaciones sobre la solicitud de transplante alogénico no relacionado de médula ósea para la paciente Luciana Belén Verón;

Que según surge de las constancias de la solicitud elevada por el Hospital General de Niños Ricardo Gutiérrez, se trata de una paciente de 8 años de edad, residente de la Ciudad de Buenos Aires; con diagnóstico de anemia de fanconi sin donante histocompatible familiar con mala respuesta al tratamiento con medicación, y sin cobertura;

Que a los fines de la provisión del tratamiento diagnosticado, se solicitaron presupuestos a distintos institutos especializados, de los que solo se presentaron el Instituto Médico Especializado Alexander Fleming, y el Instituto de Criopreservación y Transplante de Médula Ósea (I.C.T.E.M.);

Que las ofertas que se presentaron fueron las siguientes: i) para la búsqueda e identificación de posibles donantes, el I.C.T.E.M. cotizó $ 18.500.-, el Instituto Médico Especializado Alexander Fleming cotizó $ 39.240.-; ii) para la Procuración de médula ósea, el I.C.T.E.M. cotizó $ 79.550.-, y el Instituto Médico Especializado Alexander Fleming cotizó $ 88.920.-, iii) Realización del transplante no relacionado, el I.C.T.E.M. cotizó $ 140.000.-, y el Instituto Médico Especializado Alexander Fleming cotizó $ 140.000.-;

Que en definitiva los totales de las ofertas presentadas ascendieron a $ 238.050.- el I.C.T.E.M., y $ 268.160.- el Instituto Médico Especializado Alexander Fleming;

Que la Dirección General Adjunta de Hospitales consideró que el presente debía ser tratado como una ayuda social a personas con indicación médica, conforme lo dispuesto por la Resolución 158/98;

Que remitidas las actuaciones a la Dirección de Ayuda Social a Personas del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la Nación, a los efectos de que contribuyan con el 50% del gasto que la intervención demandará, ese organismo informó que accede a aportar el dinero, según el menor presupuesto que obtuvieran, y que correspondió a la Fundación Favaloro por $...

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