Resolución N° 440/LCABA/02

FirmantesBusacca-Alemany
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición21 de Noviembre de 2002

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

JURADO DE ENJUICIAMIENTO. REMOCION DE JUECES.

RESOLUCIÓN N° 440/ LCABA/ 02

LOS BLOQUES DE DIPUTADOS DEBEN INFORMAR QUE CANDIDATOS PROPONEN PARA EL JURADO DE ENJUICIAMIENTO. LA JUNTA DE ETICA, ACUERDOS Y ORGANISMOS DE CONTROL Y LA COMISIÓN DE JUSTICIA DEBEN EMITIR UN DICTAMEN QUE PROPONGA LA DESIGNACIÓN DE 8 DIPUTADOS. CONVOCA A UNA SESIÓN ESPECIAL PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA LEGISLATURA QUE CONFORMARAN EL JURADO DE ENJUICIAMIENTO.

Buenos Aires, 21/11/2002

Artículo 1°

Los bloques de Diputados y Diputadas deben informar por escrito ante la Junta de Etica, Acuerdos y Organismos de Control, antes del día 29 de noviembre de 2002, a las 18 horas, la lista de diputados y diputadas que proponen para ser designados/as como representantes a integrar el Jurado de Enjuiciamiento, conforme a lo establecido en el artículo 121 inciso 4° de la Constitución de la Ciudad y el artículo 4° de la Ley N° 54 del Jurado de Enjuiciamiento y Procedimiento de Remoción de Magistrados.

Artículo 2°

La Junta de Etica, Acuerdos y Organismos de Control y la Comisión de Justicia deben emitir un dictamen que proponga la designación de ocho diputados y diputadas, no pudiendo pertenecer más del setenta por ciento (70%) de los designados a un mismo sexo, debiendo garantizarse la representación de los distintos bloques de la...

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