Resolución Nº 330/GCABA/SECTRANS/17
Firmantes | Méndez |
Emisor | SECRETARÍA DE TRANSPORTE |
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 2.930, (texto
consolidado Ley N°5.666), y N° 5.682, el Decreto N° 675/GCBA/16, el Expediente N°
2017-12701714-MGEYA-DGIT, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su el Título 2°,
gestión del ambiente urbano y propicia el desarrollo urbano sustentable atendiendo al
interés público;
Que la Ley N° 2.930, reglamentaria de dicha norma, establece el Plan Urbano
Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, marco al que deberá ajustarse la
normativa urbanística y las obras públicas, armonizando los requerimientos de
movilidad de la población con la protección del medio ambiente y el incremento de la
productividad;
Que mediante la Ley N° 5.682 se estableció la implementación e incorporación al
Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de un
Sistema de Tránsito Rápido, diferenciado y en Red para el transporte público masivo
por automotor de pasajeros denominado METROBUS DE BUENOS AIRES (MBA),
conocido mundialmente como BRT-Bus Rapid Transit Metrobus- en todo el territorio de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la ejecución del METROBUS DE BUENOS AIRES tiene por finalidad mejorar la
calidad de vida de los habitantes de la ciudad y del Área Metropolitana de Buenos
Aires; reducir los efectos negativos del transporte sobre el medio ambiente; conferir
prioridad a la circulación y operación del transporte masivo de pasajeros; diseñar un
sistema de transporte más eficiente optimizando la oferta de la flota y el kilometraje
recorrido y favorecer el desarrollo sustentable;
Que según lo dispuesto en el artículo 15.1.3 del mentado Código, la iniciativa deberá
realizarse progresivamente, tendiendo a la efectiva integración física, operativa y
tarifaria de los servicios de transporte público masivo por automotor de pasajeros que
integren la red del sistema tanto como con el modo ferroviario, subterráneo y de
superficie, en todo el territorio de la Ciudad, procurando la debida articulación y
complementación de las acciones necesarias para su proyección a escala
metropolitana;
Que simultáneamente, en materia de movilidad, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ha efectuado un conjunto de acciones tendientes a optimizar la operatoria del
autotransporte público de pasajeros priorizando su operatoria en las avenidas y
evitando de esa manera su circulación por las calles de menor jerarquía;
Que los corredores del METROBUS DE BUENOS AIRES han mejorado notoriamente
las condiciones de movilidad de los usuarios del autotransporte público de pasajeros,
constatándose además una sensible reducción de las emisiones contaminantes en la
zona;
Que conforme lo expuesto, la implementación de los mismos ha arrojado una
experiencia favorable mejorando tanto las condiciones de movilidad de los usuarios
como el escenario ambiental;
Que, en ese marco y conforme lo normado por el mencionado Código se ha previsto la
implementación del METROBUS DE BUENOS AIRES sobre los carriles centrales de la
Avenida Leandro N. Alem y de la Avenida Paseo Colón, constituyendo la traza, en
función de lo normado en el artículo 15.1.5 de dicho cuerpo normativo, una red troncal
que irá por carriles exclusivos ubicados en el centro de la calzada;
Que el conjunto de acciones previstas, se encuadran en la previsión del Plan Urbano
Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo instituirse en el
soporte del proceso de planeamiento y gestión de la Ciudad como política de estado;
Que, a fin de consolidar el correcto funcionamiento del corredor, resulta necesario
disponer medidas de carácter transitorio o experimental en lo atinente al
estacionamiento y detención general de vehículos, velocidades, sentidos de
circulación y carga y descarga, siendo aplicables las previsiones del artículo 1.2.2 del
Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, conforme las facultades otorgadas por el Decreto N° 675/GCBA/16 corresponde
a la Secretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Transporte, instrumentar políticas, planes y proyectos de ordenamiento y mejora del
sistema de transporte de pasajeros, entender en la formulación de políticas,
planificación, regulaciones y planes de transporte urbano y entender en la
implementación del Sistema de Transporte Masivo de Buses Rápidos (TMBR);
Que, por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo por el cual se
implementa Corredor METROBUS DEL BAJO en los carriles exclusivos construidos en
las franjas centrales de la Avenida Leandro N. Alem entre las calles Ramos Mejía y
Bartolomé Mitre, Avenida La Rábida y Avenida Paseo Colon entre las calles Hipólito
Irigoyen y Avenida Independencia.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE
exclusivos construidos en las franjas centrales de la Avenida Leandro N. Alem entre
las calles Ramos Mejía y Bartolomé Mitre, Avenida La Rábida y Avenida Paseo Colon
entre las calles Hipólito Irigoyen y Avenida Independencia.
presente, funcionará todos los días, las 24 horas, destinándose sus carriles para
circulación exclusiva de las líneas de autotransporte público de pasajeros debidamente
autorizadas.
y/o Comisión Nacional de Regulación del Transporte, los recorridos de las siguientes
líneas de Transporte Público de Pasajeros por Automotor:
Línea N° 2
Ida Recorrido A - B a Las Heras Y Avenida Eva Perón: por su ruta, Avenida Ingeniero
Huergo,
Venezuela, Azopardo, Moreno, ingreso a carriles exclusivos METROBUS DEL BAJO
altura, Avenida La Rábida, salida de carriles exclusivos METROBUS DEL BAJO altura
Bartolomé Mitre, Av. Leandro Nicéforo Alem, Av. Rivadavia, su ruta.
Regreso Recorrido A a Aduana: Sin modificación (No ingresa a carriles exclusivos
METROBUS DEL BAJO)
Regreso Recorrido B a Central Costanera Sociedad Anónima: Sin modificación (No
ingresa a carriles exclusivos METROBUS DEL BAJO)
Línea N° 5
Ida Recorrido A - B a Puerto Nuevo: Sin modificación (No ingresa a carriles exclusivos
METROBUS DEL BAJO)
Regreso Recorrido A - a Balastro y Cañada de Gómez, Recorrido B a Lacarra y
Avenida Rivadavia: por su ruta, Avenida Doctor José María Ramos Mejía, ingreso a
carriles exclusivos METROBUS DEL BAJO, altura Avenida Del Libertador, por Avenida
Leandro Nicéforo Alem, salida de carriles exclusivos METROBUS DEL BAJO altura
Paraguay, Avenida Leandro Nicéforo Alem, Avenida Córdoba, su ruta.
Línea N° 6
Ida Recorrido A - B - D a Villa Soldati Recorrido C a Nueva Pompeya: por su ruta,
Avenida José María Ramos Mejía, ingreso a carriles exclusivos METROBUS DEL
BAJO, alturaAvenida Del Libertador, porAvenida Leandro Nicéforo Alem, salida de
carriles exclusivos METROBUS DEL BAJO altura Paraguay, de Avenida Leandro
Nicéforo Alem, 25 de Mayo, su ruta.
Regreso Recorrido A - B - D - C a Retiro: por su ruta, Avenida Corrientes, ingreso a
carriles exclusivos METROBUS DEL BAJO, Avenida Leandro Nicéforo Alem,salida de
carriles exclusivos METROBUS DEL BAJO, altura Dr. Ricardo Rojas, su ruta.
Línea N° 7
Ida Recorrido A - a Parque Leandro Avellaneda, Recorrido B a Barrio Samoré: por su
ruta, Avenida Doctor José María Ramos Mejía, ingreso a carriles exclusivos
METROBUS DEL BAJO, altura Avenida Del Libertador por Avenida Leandro Nicéforo
Alem, salida de carriles exclusivos METROBUS DEL BAJO altura Juan Domingo
Perón, Avenida Leandro Nicéforo Alem, Rivadavia, su ruta.
Regreso Recorrido A - B a Retiro: por su ruta, Hipólito Yrigoyen, ingreso a carriles
exclusivos METROBUS DEL BAJO altura Avenida La Rábida, Avenida Leandro
Nicéforo Alem, salida de carriles exclusivos METROBUS DEL BAJO altura Dr. Ricardo
Rojas, Avenida Leandro Nicéforo Alem, su ruta.
Línea N° 8
Ida Recorrido A a Aeropuerto Internacional de Ezeiza Ministro Pistarini, Recorrido B a
Mercado Central de Buenos Aires, Recorrido C - D a Liniers: por su ruta,
Cochabamba, Avenida Paseo Colón, ingreso a carriles exclusivos METROBUS DEL
BAJO altura Estados Unidos, Avenida Paseo Colón, salida carriles exclusivos
METROBUS DEL BAJO altura Avenida Independencia, su ruta.
Regreso Recorrido A - B - C a La Boca, Recorrido D a Avenida Paseo Colon y
Cochabamba: por su ruta, Hipólito Yrigoyen, ingreso a carriles exclusivos METROBUS
DEL BAJO, Avenida Paseo Colón, salida de carriles exclusivos METROBUS DEL
BAJO altura Estados Unidos, Avenida Paseo Colón, su ruta.
Línea N° 9
Ida Recorrido A - B a Villa Caraza: por su ruta, Avenida José María Ramos Mejía,
ingreso a carriles exclusivos METROBUS DEL BAJO, altura Avenida Del Libertador
por Avenida...
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