Resolucion Nº 33 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 107
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 1 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
hubieren realizado se imputarán a cuenta de las obligaciones, confor-
me lo previsto en el Artículo 102° y 107° del Código Tributario T.O. 2015
y modicatoria, según corresponda.
BAJAS DE PLANES VIGENTES - SOLICITUD DE REFORMULA-
CIÓN
ARTICULO 200° (13).- Para solicitar la reformulación de Pago de Pla-
nes dados por Regímenes anteriores, los Responsables (personas
– representantes legales y/o propietarios de/los vehículos) y entes,
deberán presentarse personalmente o por medio de un representante
legal, ante esta Dirección, en Sede Central, Delegaciones del Interior
o puestos de atención autorizados para tal n. Cuando no se presente
el Contribuyente o Responsable con interés legitimo para solicitarlo,
deberá acompañarse Formulario Multinota F-903 debidamente sus-
cripto por el mismo con rma certicada.”
ARTÍCULO 2º.- INCORPORAR a continuación del Anexo IX, el “ANE-
XO IX (1) CONDICIONES Y FORMALIDADES PLAN DE PAGO DECRETO
N° 602/2016 (ART. 200° (4) R.N.N° 1/2015)” el cual se adjunta a la presente
Resolución:
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín O-
cial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
FDO: CR. LUCIANO G. MAJLIS, DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
ANEXO: http://goo.gl/Thtyus
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 168
Córdoba, 26 de mayo de 2016
VISTO: El expediente Nº 0160-122267/2016 por el que se solicita el
cierre del Fondo Permanente “A” – GASTOS DE FUNCIONAMIENTO– del
ex Ministerio de Comunicación Pública y Desarrollo Estratégico, creado por
Resolución N° 06/14 de este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 1791/15 dispuso la nueva estructura orgánica del
Poder Ejecutivo, en el que se crea la Secretaría General de la Gobernación
y se excluye al Ministerio de Comunicación Pública y Desarrollo Estratégi-
co.
Que esta nueva jurisdicción, absorbió el programa presupuestario que
atiende dicho fondo por lo que el mismo no será utilizado en el futuro por la
jurisdicción en la que fue creado.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista téc-
nico-contable, en relación al cierre del Fondo Permanente solicitado, ha-
biendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención de su competencia.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 15 y de acuerdo con lo
dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 304/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º DISPONER el cierre del Fondo Permanente “A” – GASTOS
DE FUNCIONAMIENTO– del ex Ministerio de Comunicación Pública y De-
sarrollo Estratégico.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, a la Dirección Gene-
ral de Tesorería y Crédito Público y al Servicio Administrativo de la Secreta-
ría General de la Gobernación, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES
Resolución N° 33
Córdoba, 31 de mayo de 2016
VISTO: La Ley Nº 10.155 (Régimen de Compras y Contrataciones
de la Administración Pública Provincial) y su Decreto Reglamentario N°
305/2014,
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones es el órgano
rector encargado de regular y controlar el sistema de compras y contra-
taciones de la Provincia de Córdoba, conforme el artículo 30 de la Ley
10.155.
Que la administración y gestión del Registro Ocial de Proveedores y
Contratistas del Estado se encuentra a cargo de la Dirección General de
Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Administración
o Gestión Pública o el que en un futuro lo reemplace -hoy Ministerio de
Finanzas-, conforme surge del artículo 31 inciso f) del Decreto Reglamen-
tario N° 305/2014.
Que por ende, compete al Órgano Rector dictar las normas que re-
gulen el funcionamiento del citado Registro Ocial, pudiendo establecer
los requisitos que podrán exigirse para las solicitudes de Inscripción y de
Registro en ComprasPúblicas.
Que es función de la Dirección General de Compras y Contrataciones,
promover la optimización del régimen, con el n de mejorar la calidad de la
gestión pública provincial, teniendo en cuenta los principios de transparen-

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