Resolución N° 1896/GCABA/SHYF/02

FirmantesPesce
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición18 de Junio de 2002

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESOLUCIÓN N° 1896/ GCABA/ SHYF/ 02

PRORROGANSE LAS DOTACIONES Y DESIGNACIONES DE PERSONAL TRANSITORIO NO DOCENTE DE REPARTICIONES Y SECRETARIAS

Buenos Aires, 18/06/2002

Visto la Nota N° 39.566/DGRH/2002 y,

CONSIDERANDO:

Que por diferentes Decretos se crearon los Regímenes y se aprobaron las dotaciones de las Plantas de Personal Transitorio No Docente de diversas reparticiones y Secretarías;

Que este personal finaliza su prestación el 31 de mayo de 2002, conforme la prórroga oportunamente dispuesta por Resolución N° 1.239/SHyF/2002;

Que se encuentran en trámite las incorporaciones de dicho personal a la planta permanente;

Que los mismos continúan prestando normalmente sus servicios y por ende, debe atenderse el pago de sus haberes habituales;

Que la emergencia económica en que se encuentra este Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, obliga a instrumentar la norma legal que permita la continuidad de los mismos hasta el 30 de junio de 2002, en tanto se concreten sus incorporaciones, las que se vieron demoradas por las situaciones enunciadas;

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el artículo 3° del Decreto N° 95/2002,

EL SEÑOR SECRETARIO DE LA SECRETARIA

DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°

Prorróganse durante el período comprendido entre el 1° y el 30 de junio de 2002, las dotaciones de las Plantas de Personal Transitorio No Docente de diferentes reparticiones y Secretarías, cuyos Regímenes fueran creados por diversos decretos, de acuerdo al detalle que obra como ANEXO de la presente, que consta de dos (2) fojas.

Artículo 2°

Prorróganse durante el período comprendido entre el 1° y el 30 de junio de 2002, las designaciones del Personal de Planta Transitoria No Docente de diferentes reparticiones y Secretarías, cuya prestación tenga vigencia hasta el 31 de mayo de 2002, en las condiciones establecidas por distintos Decretos.

Artículo 3°

Déjase establecido que las áreas que cuenten con el personal de referencia deberán remitir a la Dirección General de Recursos Humanos, la nómina de aquellos que por diferentes motivos hayan cesado en sus funciones antes del 31 de mayo de 2002, o que no continúen en funciones con posterioridad a dicha fecha.

Artículo 4°

La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, tomará los recaudos necesarios para el...

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