Resolución N° 4804/GCABA/SHYF/01

FirmantesPesce
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 4 de Diciembre de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESOLUCIÓN N° 4804/ GCABA/ SHYF/ 01

PRORROGA AL 21-12-01, EL VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LA CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS, CREADA CON DESTINO AL FONDO PARA LA AMPLIACIÓN DE LA RED DE SUBTERRÁNEOS, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2001, APLICABLE A INMUEBLES UBICADOS DENTRO DEL RADIO DE 400 M DE TRÁNSITO DIRECTO DEFINIDO POR EL ARTÍCULO 4° DE LA LEY N° 23.514 Y PARA AQUELLOS CONTRIBUYENTES COMPRENDIDOS SEGÚN LAS DIPOSICIONES DEL DECRETO 508-97

Buenos Aires, 04/12/2001

Visto la facultad conferida a la Dirección General de Rentas por el artículo 24 de la Resolución N° 1.768/SHyF/00 (B.O. N° 1098 de fecha 27/12/2000) y,

CONSIDERANDO:

Que a efectos de la percepción de la Contribución de Mejoras creada con destino al Fondo para la ampliación de la Red de Subterráneos por el inciso b) del artículo 2° de la Ley N° 23.514 (B.O. de la Nación, de fecha 10 de julio de 1987), la que se aplica a los inmuebles ubicados dentro del radio de 400m. de tránsito directo definido por el artículo 4° de la citada Ley, y de conformidad a la aplicación y modalidad que fija su reglamentación, de acuerdo al Decreto N° 508/97 del GCBA (B.O. N° 203 de fecha 23/5/97), la prestataria ITRON/ITACO/TTI / U.T.E. se encuentra programando para la puesta en marcha del sistema informatizado para la cobranza de la aludida Contribución, cuyo vencimiento para el pago se ha dispuesto el 12/12/2001 mediante Resolución N° 3.208/DGR/01 (B.O. N° 1.269, de fecha 5/9/01);

Que razones operativas ocasionada por demoras en la imple-mentación y adecuación del sistema de recaudación relativo a su percepción hace necesario prorrogar el vencimiento para el pago de la precitada Contribución al 21/12/2001, considerándose asimismo, que el diferimiento del vencimiento señalado permitirá a los constribuyentes contar en tiempo y forma con los instrumentos de pago para facilitar la cancelación de sus obligaciones;

Que por ello, conforme a las facultades dispuestas por el artículo 4° en sus incisos 1° y 17° del Código Fiscal 2001 y del artículo 24° de la Resolución N°...

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