Resolución N° 2786/GCABA/SS/01

FirmantesNeri
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Salud
Fecha de la disposición16 de Noviembre de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE SALUD

RESOLUCIÓN N° 2786/ GCABA/ SS/ 01

DEROGADA - DELEGA EN LOS DIRECTORES GENERALES DE HOSPITALES DEPENDIENTES DE LA SS, LA FACULTAD PARA AUTORIZAR LA PERMANENCIA DE LOS BIENES DE TERCEROS EN LOS ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES HASTA EL VENCIMIENTO DE LAS RESPECTIVAS CONTRATACIONES, Y SÓLO RESPECTO DE AQUELLAS EN LAS QUE ESTÉ CONTEMPLADO EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, LA RECEPCIÓN DE BIENES CON CARÁCTER DE PRÉSTAMO GRATUITO

Buenos Aires, 16/11/2001

Visto el Expediente N° 53.206/2001 y teniedo en cuenta los términos del Decreto N° 1.331-GCBA-99 ampliatorio del Decreto N° 945/79 y,

CONSIDERANDO:

Que los Artículos 1°, 2° y 3° del referido cuerpo legal regulan la situación particular de los contratos de comodato a celebrar con fundaciones y asociaciones;

Que los Artículos 4° y 5° regulan genéricamente las prestaciones asistenciales que se efectúen con bienes de terceros ya sean estos provenientes de personas físicas o jurídicas dentro de las cuales quedan incluídas las fundaciones y/o asociaciones sin fines de lucro;

Que dada las opiniones vertidas por la Dirección General de Evaluación Económica Financiera de la Secretaría de Salud y la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, sobre la interpretación del Decreto N° 1.331-GCBA-99 ampliatorio del Decreto N° 945-GCBA-79, se requirió el pronunciamiento de la Procuración General, la cual se expidió en el Dictamen PG N° 3.625-2001;

Que la Procuración General dictaminó que: corresponde que la Secretaría de Salud, mediante el dictado de una resolución, ya sea en forma particular en cada caso concreto que se presente o en forma genérica para diversos tipos de insumos que se utilicen de modo frecuente en los nosocomios de la Ciudad de Buenos Aires, autorice a que los bienes permanezcan en dichos establecimientos asistenciales hasta el vencimiento de las respectivas contrataciones, en virtud de lo dispuesto por el Art. 5° del Decreto N° 945/79 modificado por el Decreto N° 1.331-GCBA-99;

Que conforme lo señalado por la Procuración General, y a fin de brindar una mayor celeridad en la fase operativa de las distintas Unidades Asistenciales, esta Secretaría de Salud estima conveniente delegar en los funcionarios con competencia para aprobar los actos licitarios, conforme los Decretos N° 1.823-GCBA-97 (B.O.C.B.A. N° 355/98), su modificatorio N° 6/98 (B.O.C.B.A...

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