Resolución N 812/PJCABA/CMCABA/11

FirmantesCandarle - Corti
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición11 de Octubre de 2011

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

RESOLUCIÓN N 812/PJCABA/CMCABA/11DESIGNACIÓN INTERINA - DESIGNAA ROBERTO ANDRÉS GALLARDO DNI 16.823.849 COMO DEFENSOR GENERAL ADJUNTO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS - INSTRUYE A LA COMISIÓN DE SELECCIÓN DE JUECES - JUEZAS E INTEGRANTES DEL MINISTERIO PÚBLICO PARA CONVOCAR EL CONCURSO PARA CUBRIR EN FORMA DEFINITIVA EL CARGO DE DEFENSOR GENERAL ADJUNTO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS.

Buenos Aires, 11 de octubre de 2011

VISTO:

La Res. DG N° 237/11, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la referida resolución el Defensor General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires designó interinamente al Dr. Roberto Andrés Gallardo DNI N° 16.823.849 (Legajo N° 516), como Defensor General Adjunto en lo Penal, Contravencional y de Faltas a partir del 17 de octubre del año en curso y hasta que se sustancie el respectivo concurso.

Que cabe señalar que con fecha 20 de septiembre de 2011, se aceptó la renuncia presentada por el doctor Alejandro Walter Slokar, al cargo de Defensor General Adjunto en lo Penal, Contravencional y de Faltas de esta Ciudad, a partir del 27 de septiembre, por haber sido designado como Vocal de la Cámara Federal de Casación Penal.

Que, la Ley N° 1.903, en su artículo 16 establece que: “En caso de recusación, excusación, impedimento, licencia o vacancia, los miembros del Ministerio Público se reemplazan en la forma que establezcan el Fiscal General, el Defensor General y el Asesor General Tutelar, en el ámbito de sus respectivas competencias”.

Que, la acefalía de la Defensoría General Adjunta en lo Penal, Contravencional y de Faltas, implicaría una paralización o una sobrecarga de tareas que iría en desmedro de la adecuada administración de justicia.

Que, la Ley N° 1.903 con sus modificatorias, establece en los incisos 6 de los artículos 18 y 21 que es facultad del Defensor General “Designar a los funcionarios y empleados en el marco de las partidas presupuestarias aprobadas por la Legislatura”, como así también, que es atribución del mismo “Reorganizar la estructura interna y realizar las reasignaciones del personal de acuerdo a las necesidades de servicio”, respectivamente.

Que es importante resaltar que el Inc. 5 del art. 18 de la Ley 1903 con sus modificatorias, establece dentro de las facultades del Defensor General el disponer la cobertura, en forma interina, de Defensores/as que solicitaren licencia por el término de hasta noventa (90) días...

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