Resolución Nº 326/PJCABA/?/16
Firmantes | Rabinovich |
Jefe de Gobierno | Rodriguez Larreta |
Emisor | Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 21 de Octubre de 2016 |
VISTO:
El Expediente DGCC N° 198/16-0 caratulado "D.G.C.C. s/ Impresión 2000 Folletos
Plan Piloto Centro Comunitario de Justicia de la Boca", y
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota SAAJ N° 440/2016 la Secretaría de Apoyo Administrativo
Jurisdiccional remitió la solicitudcursada por la Dirección de Auxiliares de la Justicia
Nota DAJ N° 97/2016- para proceder a la impresión de dos mil (2.000.-) folletos para
promocionar el Plan Piloto del Centro Comunitario de Justicia La Boca, de acuerdo a
las especificaciones técnicas detalladas (fs. 3/4).
Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones adjuntó el
presupuesto elaborado por la firma Eudeba S.E.M. de donde surge que el monto por la
impresión requerida asciende a la suma de doce mil doscientos treinta pesos
($12.230,00) IVA incluido (fs. 11).
Que luego, la referida Dirección General puso de resalto que la firma Eudeba S.E.M.
es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne
capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico
como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que
correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la
Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 12 y 15).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de
Programación y Administración Contable emitió la constancia de registración
presupuestaria necesaria para afrontar la contratación en cuestión (v. Constancia N°
1/10 2016 de fojas 13/14).
Que solicitada que fuera al efecto, la Dirección de Auxiliares de la Justicia presto
conformidad a las especificaciones técnicas detallas en el presupuesto obrante a fojas
11, a la vez informó que los modelos fueron enviados por esa dependencia a Eudeba
S.E.M. y que los folletos ya fueron confeccionados y entregados al Departamento de
Apoyo y Coordinación de Centros Comunitarios de Justicia y Asistencia a la Tercera
Edad (cfr. Nota DAJ N° 107/2016 de fs. 20).
Que entonces la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le
compete y emitió el Dictamen N° 7259/2016. Allí, luego de realizar la reseña de lo
actuado y el análisis jurídico correspondiente concluyó que "(...) no existe obstáculo
alguno, desde el punto de vista jurídico, a fin que se prosiga con el tramite de las
presentes actuaciones" (fs. 27/28).
Que en consecuencia, puesto a...
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