Resolución N° 326 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 12 de Mayo de 2023 |
Emisor | Ministerio de educación |
Fecha de la disposición | 10 de Mayo de 2023 |
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LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCCI - Nº 89
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 12 DE MAYO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 326
Córdoba 10 de mayo de 2023
VISTO: El Torneo “Word Cup Estudiantil” en su Quinta Edición que se rea-
lizara en la Provincia de Córdoba,
Y CONSIDERANDO:
Que el citado torneo se organiza en un evento deportivo que se disputará
semanalmente convocando la participación de los colegios y constituyendo un
punto de encuentro de los jugadores de futbol, amigos y familiares.
Que los equipos que concurran podrán competir entre si y clasifi-
caran a la siguiente zona, alcanzando los que superen las diferentes
zonas y etapas deportivas, la posibilidad de disputar y obtener la deno-
minada COPA DE PLATA.
Que el deporte y en su particularidad el Futbol, es una disciplina que
permite desarrollar y llevar adelante una vida sana a nivel físico - mental
ya que refuerza a mejorar nuestra condición física y como todo ejercicio
deportivo conlleva una gran cantidad de benecios para los niños/as, y
adolescentes que lo desarrollan.
Que en el marco de la convivencia juvenil y la sana competencia, el
Torneo se erige en un espacio de intercambio deportivo, social y comunita-
rio para los y las participantes del mismo.
Por ello y en uso de sus atribuciones que le son propias;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1°.- DECLARAR el beneplácito del Ministerio de Educación
para el torneo WORLD CUP ESTUDIANTIL, que se desarrollara en la
Provincia de Córdoba, durante el presente ciclo lectivo.
Art. 2 °.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE TRABAJO
Resolución N° 109
Córdoba, 10 de mayo de 2023.-
VISTO: El expediente administrativo N° 0322-393222/2023 en el cual obra
la presentación efectuada por la Secretaria de Trabajo y Relaciones Labo-
rales en relación al dictado de una Resolución Ministerial por medio de la
cual se deje sin efecto parcialmente la Resolución N° 099/2017 y su Anexo
I, a excepción de la Ocina de Asesoramiento y Registro de Violencia La-
boral de Córdoba, que continuará conservando sus funciones.
Y CONSIDERANDO:
Que, en el Orden N° 1 la Señora Secretaria de Trabajo y Relaciones
Laborales, solicita al señor Ministro de Trabajo proceda al dictado de una
Resolución por medio de la cual se deje sin efecto parcialmente la Reso-
lución N° 099/2017 y su Anexo I , “Protocolo de Actuación del Ministerio de
Trabajo de la Provincia de Córdoba para la Tramitación de Denuncias de
Violencia Laboral: Ocina de Asesoramiento y Registro de Violencia Labo-
ral”, a excepción de las funciones propias de la ocina de Asesoramiento y
Registro de Violencia Laboral.
Que, fundamenta el requerimiento formulado en la necesidad de adap-
tar el proceso administrativo dispuesto en la materia y alinear dicho pro-
tocolo a la normativa internacional vigente (Convenio N° 190 de OIT) y la
remisión actual de nuestro protocolo a la Ocina Internacional de Trabajo
en Argentina, para la revisión técnica- jurídica del mismo; pone énfasis en
el interés de no vulnerar el espíritu de la norma internacional, y con espe-
cial atención a la competencia de nuestra cartera ministerial para dar res-
puesta e intervención ante las situaciones de la temática que se presentan;
conforme a ello, sostiene que debería dejarse sin efecto parcialmente la
Resolución N° 099-2017 de este Ministerio de Trabajo y su anexo I “Pro-
tocolo de Actuación del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Córdoba
para la Tramitación de Denuncias de Violencia Laboral: Ocina de Asesora-
miento y Registro de Violencia Laboral”, con la salvedad que deberá dispo-
nerse y raticarse que continuará funcionando la Ocina de Asesoramiento
y Registro de Violencia Laboral de Córdoba, conservando sus funciones,
en la necesidad de brindar asesoramiento, capacitación, difusión y con-
cientización en la temática a los actores del mundo del trabajo, el registro
de casos, el cumplimiento de las capacitaciones ordenadas por Sentencia
del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba a entidades sindicales y em-
presariales, como así también participar de las audiencias en cuanto se
requiera su presencia por el funcionario actuante, que reeran a la temática
amparadas en la legislación nacional e internacional vigente en la materia
y que ingresen en las áreas de reclamos individuales o colectivos.
Que, se torna necesario armonizar la normativa vigente a lo estatuido
por el Convenio 190/2019 emitido por la OIT.
Que, dicho convenio establece en su art. 6° que “…todo miembro de-
berá adoptar una legislación y políticas que garanticen el derecho a la
igualdad y a la no discriminación en el empleo y la ocupación, incluyendo
a las trabajadoras, así como a los trabajadores y otras personas pertene-
cientes a uno o a varios grupos vulnerables, o a grupos en situación de
vulnerabilidad que están afectados de manera desproporcionada por la
violencia y el acoso en el mundo del trabajo…”.
Que, la citada resolución fue complementada por medio de la deno-
minada Recomendación N° 206 del año 2019 sobre violencia y acoso,
emitida por la OIT, de la cual podemos destacar entre otros elementos,
que establece en su art. 23 lo siguiente: “…que los Miembros deberían
nanciar, elaborar, aplicar y difundir, según proceda: a) programas des-
tinados a abordar los factores que aumentan la probabilidad de violencia
y acoso en el mundo del trabajo, como la discriminación, el abuso de las
relaciones de poder y las normas de género, culturales y sociales que fo-
mentan la violencia y el acoso; b) directrices y programas de formación que
integren las consideraciones de género para asistir a jueces, inspectores
del trabajo, agentes de policía, scales y otros agentes públicos a cumplir
su mandato en lo que respecta a la violencia y el acoso en el mundo del
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