Resolución N° 1772/GCABA/DGR/01

FirmantesOtero
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorDirección General de Rentas
Fecha de la disposición12 de Junio de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN N° 1772/ GCABA/ DGR/ 01

CONTRIBUCIONES DE ALUMBRADO, BARRIDO, LIMPIEZA TERRITORIAL DE PAVIMENTOS Y ACERAS Y ADICIONAL LEY N° 23.514. CONSIDERA ABONADA EN TÉRMINO HASTA EL 2-7-2001 LA CUOTA 03 DEL EJERCICIO FISCAL 2001 PARA LOS CONTRIBUYENTES ADHERIDOS AL PAGO POR DEBITO AUTOMATICO Y AL SISTEMA DE GRANDES CONTRIBUYENTES

Buenos Aires, 12/06/2001

Visto la facultad conferida a la Dirección General de Rentas por el artículo 24° de la Resolución N° 1.768/SHyF/00 (B.O. N° 1098 de fecha 27/012/2000) y,

CONSIDERANDO:

Que atento los diversos y sucesivos procesos informáticos que se han tenido que llevar a cabo en el padrón inmobiliario para la aplicación del Subsidio dispuesto por el artículo 3° del Decreto N° 1° de Necesidad y Urgencia del G.C.B.A. (B. O. N° 1122 de fecha 31/01/2001) han producido demoras operativas que impide la remisión en tiempo oportuno de los instrumentos de pago, soportes magnéticos a entidades bancarias para efectuar débitos automáticos a los adheridos a dicho sistema de pago y, en la remisión de soportes disquettes a Grandes Contribuyentes, correspondientes a la Cuota 03 del ejercicio fiscal 2001 de las contribuciones de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Territorial, de Pavimentos y Aceras y, el adicional fijado por Ley 23.514, cuyo vencimiento original ha sido prorrogado al 15 de Junio de 2001 para las partidas pares e impares respectivamente, para contribuyentes adheridos por débito automático, y para los contribuyentes comprendidos en el Sistema de Grandes Contribuyentes, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 1.605/DGR/01 (B.O. N° 1.201 de fecha 29/05/01).

Que la imposibilidad de entrega de los referidos instrumentos de pago y soportes magnéticos con antelación al vencimiento hace necesario autorizar el pago de las aludidas contribuciones, ampliándose el término establecido, difiriendo el pago de la tercera cuota del año 2001 al 2/07/2001 para los topes de partidas pares e impares, a los adheridos para el pago por débito automático y a Grandes Contribuyentes de las aludidas contribuciones.

Que por...

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